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Posible inexistencia de delito

Visita de Florencia Peña a Olivos: la Cámara Federal benefició a Fernando Iglesias y Waldo Woff

Luego de los comentarios de los legisladores, la actriz los había denunciado por "violencia de género mediática, institucional y simbólica". Pero los camaristas Irurzun y Farah anularon un fallo de primera instancia del juez Martínez de Giorgi. Los detalles.

Waldo Wolff, Fernando Iglesias y Florencia Peña, enfrentados en Tribunales.
Waldo Wolff, Fernando Iglesias y Florencia Peña, enfrentados en Tribunales. | Cedoc

La Cámara Federal porteña dejó abierta este jueves la posibilidad de que la denuncia de la actriz Florencia Peña contra los diputados opositores Fernando Iglesias y Waldo Wolff, por los comentarios que estos hicieron respecto a una visita de la artista a la Residencia de Olivos, pueda terminar en "inexistencia de delito".

El fallo de los camaristas Martín Irurzun y Eduardo Farah anuló la decisión de primera instancia del juez Marcelo Martínez de Giorgi, que había rechazado un pedido de sobreseimiento de ambos legisladores, cuestionándole una "excepción de falta de acción por inexistencia de delito".

Wolff e Iglesias fueron denunciados por Peña por haber publicado mensajes que consideró misóginos y sexistas en la red social Twitter, a propósito de una visita al presidente, Alberto Fernández.

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En aquella ocasión, Iglesias publicó un tuit en el que expresaba: "Para mí, la señorita iba a ayudarlo a encontrar la perilla que enciende la economía para poner a la Argentina de pie". Wolff respondió: "Pero ella de rodillas no?".

Sobre el tema, el voto mayoritario de la Cámara anuló el fallo de primera instancia del juez Marcelo Martínez de Giorgi, puesto que "no explicó cuál era la calificación normativa que los eventos podrían tener ni por qué resultaba acertada o desacertada la alegación sobre que, la atipicidad de aquellos era evidente y manifiesta".

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Irurzun y Farah le reprocharon al juez de primera instancia que no ahondó la investigación para determinar si el contenido de los tuits "estaba vinculado con alguna actividad del Congreso de la Nación en la cual tuvieran participación los legisladores, o si las expresiones fueron realizadas a título personal, ajena a sus funciones oficiales".

En ese contexto, los camaristas advirtieron que también deberá analizarse "la operatividad de la inmunidad de opinión" de los diputados de Juntos por el Cambio.

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En disidencia, el tercer integrante de la Sala, Roberto Boico, reivindicó los tratados internacionales y las políticas públicas sobre las agresiones y discriminación contra las mujeres y se inclinó por ratificar el fallo de primera instancia. Pero su postura quedó en minoría y ahora el juez Martínez de Giorgi deberá dictar una nueva resolución, acorde a las recomendaciones de los camaristas Irurzun y Farah.

 

NA/HB