Ética pública vs. interés personal: la frontera invisible entre dignidad y legalidad
La normativa vigente obliga a privilegiar el interés general sobre el particular y que, aun sin delito, este tipo de decisiones puede erosionar la confianza social y la legitimidad del sistema democrático.
En la Argentina de 2026, el debate sobre los créditos hipotecarios millonarios otorgados por el Banco Nación a funcionarios del núcleo duro del gobierno ha dejado de ser una cuestión financiera para convertirse en un termómetro de nuestra salud democrática. Ante la indignación social, la respuesta oficial se ha refugiado en una estructura lógica aparentemente irrebatible, pero profundamente reduccionista.
El argumento presidencial, basado en silogismos binarios sobre la ausencia de delitos, intenta trasladar la discusión moral a un terreno donde la conducta es irreprochable si no existe una acción prohibida por el Código Penal.
Esta defensa se ampara en la "legalidad" formal de los procedimientos. Sin embargo, el discurso oficial omite que la propia normativa argentina impone un estándar ético que trasciende la mera ausencia de fraudes. La Ley de Ética Pública (Ley 25.188) es taxativa en su artículo 2: los funcionarios están obligados a velar por los intereses del Estado y deben “privilegiar el interés público sobre el particular”. En el ejercicio de la función pública, la barrera de lo aceptable no puede anclarse sólo en un código normativo.
Apostar por el florecimiento de una conciencia ciudadana exige elevar la práctica política al plano de la ética aplicada, donde las decisiones se evalúan en términos de justicia, responsabilidad y bien común. Así, quedaría evidente que confundir legalidad con eticidad desmantela la credibilidad del sistema, porque el freno moral debe activarse antes de la ilegalidad; y mucho antes de que la dignidad se estrelle contra el privilegio.
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¿Puede el paraguas legal ir contra el interés público?
Cuando altos funcionarios acceden a créditos de 350.000 dólares en una institución que su propia administración gestiona, mientras pregonan un ajuste bajo el lema “no hay plata”, la colisión es inevitable. El interés personal por la “casa propia” anula el deber de integridad.
No se trata sólo de verificar un scoring bancario; se trata de interpretar si el funcionario, como fiduciario del bienestar general, ha preferido su beneficio particular sobre el ejemplo de austeridad republicana. En una sociedad golpeada por la pobreza y lacerada por recuerdos de descaros —como la fiesta en Olivos—, esta asimetría profundiza una inevitable fractura en la confianza de la comunidad política.
La psicología moral valida que la ética en las personas evoluciona por etapas. El argumento de que sin ilegalidad la conducta es irreprochable sitúa a quienes lo sostienen en un estadio convencional (Nivel II de Kohlberg): el de la orientación hacia la ley y el orden.
En este nivel, somos incapaces de ver más allá del reglamento. Es un razonamiento inmaduro si ejercemos el poder, pues ignoramos que la ley puede ser formalmente respetada mientras traicionamos el espíritu de justicia. La verdadera madurez moral (Nivel III post-convencional) exige actuar bajo principios universales. Un funcionario íntegro entendería que su posición de excepción —poseer información sobre tasas e inflación antes que el resto— invalida la simetría necesaria para que el acto sea ético.
Incluso Adam Smith proponía la figura del “espectador imparcial”, ese juez interno que nos obliga a preguntarnos si un tercero objetivo aprobaría nuestras acciones. Si ese espectador mirara hoy nuestra realidad, vería una ruptura del contrato social. La pregunta ética es simple: ¿Aceptaríamos este sistema sin saber si nos tocará ser el funcionario que define las tasas conociendo el rumbo de la economía, o el jubilado que paga el ajuste? Esa duda honesta desmorona cualquier excusa técnica.
El ciudadano como garante del contrato de confianza
Cuando hablamos del ciudadano como "juez moral", no nos referimos a una pretensión de superioridad individual, sino al control de buena fe sobre el contrato de confianza que une al representante con el representado. En una democracia, el titular de la soberanía es el ciudadano; por tanto, posee la aptitud intrínseca para evaluar si quien ejerce el poder es confiable.
Este juicio no es un ataque personal, sino una evaluación de consistencia: la detección de la grieta entre los principios declamados y las acciones ejecutadas. Al capturar recursos de la banca pública para fines privados, consolidando la asimetría entre representantes y representados, el funcionario rompe la reciprocidad del sacrificio. La integridad no es un adorno, es una forma de inteligencia social; sin ella, el gobernante pierde la autoridad moral para solicitar el esfuerzo colectivo necesario para superar las crisis.
La ciudadanía comprendió que la ilegalidad la define un Poder Judicial que prioriza el formalismo a la rapidez. Pero el juicio ético del “zoon-politikon” es una facultad asincrónica; ese juez de inconductas, ciudadano-votante, debe evaluar la ejemplaridad como condición central para el liderazgo. Una sociedad democrática no se construye solo con individuos que no delinquen, sino con los “excelentes”, que construyen comunidad bajo la responsabilidad cordial de proteger la vulnerabilidad ajena.
Cuando un gobierno reduce la moral a un silogismo de “delincuentes o no delincuentes”, admite su propia orfandad ética. La integridad pública demanda que el funcionario actúe en total armonía con los principios de justicia y austeridad que sostiene en sus discursos. Si la barrera entre lo digno y lo despreciable se vuelve invisible entre quienes mandan, y nos someten a la exigencia de usar un microscopio de criminalista para la calidad de su representación, habremos sido esclavizados tras el formalismo de una burocracia extremadamente hábil para diseñar una telaraña de requisitos que destruirán la credibilidad como pilar del sistema y transformará la política en un cacharro sólo de interés arqueológico.
Por eso, al final del día, la pregunta no es si el crédito fue legal, sino si fue justo. Y para eso no hace falta un abogado; hace falta conciencia.
(*) Docente de Ética de la Universidad Blas Pascal
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