CUOTA ALIMENTARIA

Villa María: La Justicia determinó que un padre deberá seguir pagando la cuota alimentaria a su hijo universitario hasta los 25 años

La Cámara Civil de Villa María rechazó el pedido del progenitor que pretendía suspender el pago. El joven cursa regularmente una carrera universitaria y depende económicamente de su familia.

Estudiantes Foto: CEDOC

Un fallo reciente de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia y Contencioso Administrativo de Villa María reafirmó un criterio ya contemplado en la legislación: la obligación alimentaria de los padres puede extenderse más allá de los 21 años cuando el hijo continúa estudiando y no puede mantenerse por sus propios medios.

El caso fue impulsado por un padre que solicitó judicialmente el cese del pago de la cuota alimentaria, argumentando que su hijo mayor de edad ya contaba con posibilidades para autosostenerse. Sin embargo, el tribunal, integrado por los vocales Augusto Gabriel Cammisa y Alberto Ramiro Domenech, rechazó el planteo y confirmó la obligación.

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La decisión se basó en el principio de solidaridad familiar y en la primacía de la realidad, al quedar acreditado que el joven está inscripto como alumno regular de la carrera de Diseño y Producción Audiovisual en la Universidad Nacional de Villa María, con una carga horaria de 21 horas semanales. También se valoró que rindió exámenes en 2023 y 2024, lo que ratificó su dedicación académica.

Los jueces hicieron hincapié en lo previsto por el artículo 663 del Código Civil y Comercial de la Nación, que contempla una excepción a la finalización automática del deber alimentario cuando los hijos siguen capacitándose profesionalmente.

Además, remarcaron que el retraso en la carrera no constituye por sí solo un incumplimiento: “No es una situación extraña en la vida universitaria y puede estar vinculada a múltiples causas”.

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Un precedente que aclara obligaciones

El pronunciamiento judicial refuerza el alcance de la protección legal a jóvenes estudiantes, siempre que demuestren estar cumpliendo con sus obligaciones académicas y que dependan económicamente de sus progenitores. El mensaje del tribunal vuelve a poner foco en que la cuota alimentaria no se interrumpe automáticamente al alcanzar la mayoría de edad, sino que puede prolongarse si se verifican las condiciones previstas por la ley.