Salud y jubilados

Reintegro de medicamentos PAMI: qué afiliados pueden acceder en febrero de 2026

PAMI mantiene en febrero de 2026 requisitos más estrictos para el reintegro de medicamentos, con topes de ingresos, controles patrimoniales y exclusión por doble cobertura.

Jubilados reniegan con el trámite para conseguir remedios gratuitos. Foto: CEDOC

Desde fines de 2025, el Programa de Atención Médica Integral (PAMI) modificó de manera sustancial las condiciones para acceder al reintegro de medicamentos. Estos cambios continúan vigentes en febrero de 2026 y establecen criterios más estrictos para determinar qué afiliados pueden recuperar el dinero gastado en remedios.

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El objetivo oficial del organismo es ordenar el sistema y focalizar la asistencia en jubilados y pensionados en situación de mayor vulnerabilidad, tras detectar irregularidades en el uso del beneficio. A partir de ahora, la evaluación no se limita al ingreso mensual, sino que incorpora un análisis integral del patrimonio y la cobertura de salud del afiliado.

Tope de ingresos para el reintegro de PAMI en febrero 2026

El primer filtro para acceder al reintegro es el nivel de ingresos. Según las reglas actuales, el haber mensual total del afiliado no puede superar el equivalente a una jubilación y media mínima. En este cálculo se consideran no solo los ingresos previsionales, sino también cualquier otra entrada declarada.

Existe, sin embargo, una excepción relevante. En los casos en los que el afiliado o una persona a su cargo cuenta con Certificado Único de Discapacidad (CUD), el tope se amplía hasta el valor de tres jubilaciones mínimas. La medida busca contemplar los mayores costos asociados a tratamientos prolongados o complejos.

Control patrimonial de PAMI: auto, propiedades y exclusiones

Uno de los cambios más significativos introducidos por PAMI es el control patrimonial. Aun cuando los ingresos estén dentro del límite permitido, la tenencia de determinados bienes puede implicar la exclusión automática del beneficio.

Poseer un automóvil con menos de 15 años de antigüedad es motivo suficiente para quedar fuera del reintegro. El criterio del organismo es que la capacidad de mantener un vehículo relativamente moderno indica un nivel patrimonial incompatible con la asistencia económica.

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Lo mismo ocurre con las propiedades. Ser titular de más de un inmueble —ya sea una segunda vivienda, un departamento en alquiler o incluso un terreno— excluye al afiliado del beneficio, independientemente de si ese bien genera ingresos o no.

Doble cobertura médica: por qué impide el reintegro de medicamentos

Otro requisito inflexible es no contar con doble cobertura de salud. Si el afiliado a PAMI también está inscripto en una obra social o en una prepaga, pierde automáticamente la posibilidad de solicitar el reintegro de medicamentos.

La incompatibilidad se aplica incluso cuando la cobertura privada no incluye el medicamento en cuestión. Para PAMI, la sola existencia de una alternativa sanitaria invalida el acceso al reintegro.

Qué medicamentos tienen cobertura del 100 % en PAMI

Para determinadas patologías consideradas críticas, el sistema de reintegros no aplica porque la cobertura es del 100 %. En estos casos, los medicamentos se entregan sin costo a través de las farmacias habilitadas, con la receta correspondiente.

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La cobertura plena incluye tratamientos para cáncer, VIH, diabetes (insulina y tiras reactivas), hemofilia, insuficiencia renal crónica, trasplantes y hepatitis B y C. Aun así, los afiliados deben contar con recetas vigentes y certificados médicos que acrediten la continuidad del tratamiento.

Documentación necesaria para pedir el reintegro en PAMI 2026

Quienes cumplan con todos los requisitos deberán reunir documentación actualizada. PAMI exige recibos de haberes recientes, declaraciones juradas y comprobantes de otros ingresos, que deben coincidir con los registros oficiales.

También es obligatorio presentar recetas médicas vigentes, que no pueden superar los 30 días, junto con certificados de enfermedad en casos de tratamientos crónicos. Además, la farmacia debe emitir una factura o ticket válido, con los datos completos del afiliado y del medicamento adquirido.

 

LV/LT