Mar del Plata

Femicidio de Lucía Pérez: la Justicia le otorgó la excarcelación a uno de los condenados

A casi diez años de la muerte la adolescente de 16 años, que generó una masiva reacción social, el Tribunal Oral en lo Criminal N°2 de Mar del Plata concedió la libertad condicional a Juan Pablo Offidani.

Juan Pablo Offidani y Matías Farías, condenados por el femicidio de Lucía Pérez Foto: Télam

El Tribunal Oral en lo Criminal N°2 de Mar del Plata concedió la libertad condicional a Juan Pablo Offidani, uno de los condenados por la muerte de Lucía Pérez, la joven de 16 años que falleció en octubre de 2016 en la ciudad balnearia. La decisión habilitó su excarcelación, aunque bajo el cumplimiento de una serie de estrictas condiciones judiciales.

Offidani, de 50 años, había sido condenado a una pena unificada de 15 años de prisión y llevaba nueve años detenido. Según la resolución judicial, los jueces consideraron que estaban dadas las condiciones legales para otorgar el beneficio, tras un pedido de la defensa del acusado, que argumentó que Offidani había cumplido más de la mitad de la condena el tiempo de detención cumplido.

Además, la defensa solicitó la aplicación del "estímulo educativo" para el condenado, un mecanismo previsto para reducir la pena por actividades de formación realizadas en prisión.

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La resolución fue firmada por los jueces Gustavo Fissore, Alexis Simaz y Roberto Falcone, quienes señalaron que Offidani podía acceder a la libertad condicional pese a la oposición del fiscal Carlos Russo. El representante del Ministerio Público había advertido sobre la existencia de factores de riesgo y solicitó que el condenado continuara detenido.

No obstante, el Tribunal entendió que Offidani, condenado como partícipe secundario del abuso sexual agravado por el consumo de estupefacientes, reunía los requisitos legales para salir de la cárcel, según información del diario La Capital de Mar del Plata.

Aunque recuperó la libertad, Offidani deberá cumplir una serie de medidas obligatorias, y incumplimiento podría derivar en la revocación del beneficio: 

  • Fijar domicilio dentro del territorio de la provincia de Buenos Aires.

  • Abstenerse de consumir alcohol o drogas.

  • Adoptar un oficio, arte, industria o profesión

  • No cometer nuevos delitos.

  • Someterse al control del Patronato de Liberados correspondiente a su domicilio.

  • Realizar un tratamiento integral contra las adicciones en la institución Proyecto Vida Digna, en modalidad ambulatoria, orientado a su reinserción sociofamiliar.

  • Prohibición absoluta de salida del país y de acercamiento a menos de 200 metros del domicilio de los particulares damnificados, así como de contacto por cualquier medio.

Lucía Pérez tenía 16 años cuando fue asesinada en octubre de 2016.

De acuerdo a la reconstrucción del abogado de la familia de Lucía Pérez, el 8 de octubre de 2016 la adolescente caminó hasta la esquina de su casa, donde la esperaba Matías Farías, de 23 años, quien la habría contactado a través de WhatsApp. La joven conocía tanto a Farías como a Offidani, de 41 años, por medio de una compañera de la escuela, también menor de edad. Con la promesa de darle cannabis, Farías la convenció de ir a su casa, a pocas cuadras de distancia.  

Sin embargo, una vez en el domicilio la adolescente fue drogada y, tras varias horas en la vivienda, fue trasladada a la sala de primeros auxilios del barrio El Alfar, donde llegó sin signos vitales. El joven se presentó como su novio, aseguró falsamente que tenía 19 años y declaró que Lucía había llegado con cocaína, que él la dejó sola y que al regresar la encontró desmayada.

Al día siguiente, Farías y Offidani quedaron detenidos y se realizaron allanamientos en sus domicilios. En la casa de Farías se encontraron preservativos usados, y su cantidad llevó a sospechar la participación de más personas en el abuso, además de un palo de escoba. También se secuestraron seis teléfonos celulares, municiones calibre 22 y 9 milímetros, cocaína y Rivotril y botellas de alcohol.  

Juan Pablo Offidani y Matías Farías, condenados por el femicidio de Lucía Pérez.

Casación negó que la muerte de Lucía Perez haya sido un femicidio y revocó la perpetua del autor material

En noviembre de 2018, el Tribunal Oral Criminal N°1 de Mar del Plata condenó a Farías y a Offidani por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravada por tratarse de menores de edad y por haberse cometido cerca de un establecimiento educativo. Sin embargo, ambos fueron absueltos del delito de abuso sexual y el fallo no contempló la figura de femicidio, lo que generó una fuerte reacción social.

En 2020, la Sala IV del Tribunal de Casación Penal bonaerense anuló esa sentencia y ordenó la realización de un nuevo juicio. Finalmente, en 2023, el TOC N°2 de Mar del Plata condenó a prisión perpetua a Farías como autor material del femicidio y a 15 años de cárcel a Offidani como partícipe secundario.

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En febrero de 2025, un nuevo fallo del Tribunal de Casación Penal, integrado por los jueces Víctor Violini y Florencia Budiño, volvió a modificar el rumbo del expediente. Los magistrados consideraron que no se trató de un femicidio y revocaron la perpetua de Farías. 

En su resolución, sostuvieron que el hecho debía encuadrarse como “abuso sexual agravado por el consumo de estupefacientes seguido de muerte”, al entender que el fallecimiento de Lucía Pérez se produjo por un conjunto de factores, entre ellos el esfuerzo físico derivado de la violencia del abuso y el consumo de cocaína. De esta manera, el principal acusado será sometido a una nueva instancia judicial por “abuso sexual”. 

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