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Régimen penal juvenil: qué cambió y por qué quedó suspendida en Provincia de Buenos Aires

La periodista especializada en Policiales María Helena Ripetta explicó en Ronda de Editores (RDE) los cambios de la Ley 27.801 y señaló que su implementación requiere establecimientos adecuados, profesionales y dispositivos de seguimiento.

Imputabilidad Foto: Freepick

La nueva Ley 27.801 de Régimen Penal Juvenil comenzó a regir en la Argentina, pero su aplicación quedó suspendida preventivamente durante 60 días en la provincia de Buenos Aires. La medida fue dispuesta por la jueza Marta Elba Pascual, del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, al hacer lugar a un hábeas corpus preventivo colectivo.

En +Perfil, el nuevo canal de Editorial Perfil, la periodista especializada en Policiales María Elena Ripetta explicó los principales cambios de la normativa y advirtió que el desafío estará en garantizar los recursos necesarios para implementarla. “La ley es mucho más amplia”, señaló, al remarcar que la reforma no se limita a modificar la edad de imputabilidad.

Qué cambia con el nuevo régimen

La legislación establece un sistema específico para adolescentes desde los 14 años hasta antes de cumplir los 18. Además de reducir la edad de imputabilidad, contempla medidas de acompañamiento, penas alternativas y herramientas orientadas a la educación y la reinserción social.

Ripetta destacó que el régimen diferencia las respuestas según la gravedad del delito y las circunstancias del adolescente. La privación de la libertad no es la única respuesta prevista, ya que existen medidas de seguimiento y otras sanciones para determinados casos.

El máximo de las penas privativas de la libertad es de 15 años, incluso cuando la escala penal correspondiente fuera más elevada.

Delitos menos graves y medidas de seguimiento

La periodista explicó que, ante delitos menos graves, el adolescente no necesariamente quedaría privado de su libertad. Como ejemplo, mencionó el robo de un teléfono celular y la posibilidad de establecer medidas vinculadas con su familia y escolarización.

“Esos chicos no es que quedan, supuestamente, por lo que dice la ley, por fuera del sistema”, sostuvo Ripetta. Según explicó, el objetivo es intervenir tempranamente para evitar que los adolescentes queden atrapados en un circuito delictivo.

La normativa contempla, entre otras herramientas, orientación de equipos interdisciplinarios, programas educativos, capacitación laboral y seguimiento especializado.

El derecho de defensa y la responsabilidad de los padres

Ripetta también destacó las garantías de defensa previstas por el nuevo régimen. “Los chicos además van a tener la posibilidad de un defensor, que eso no estaba antes”, afirmó durante la entrevista.

El derecho de defensa, sin embargo, no nació con esta reforma: ya estaba reconocido por la Constitución y los tratados de derechos humanos. La nueva ley establece expresamente que el adolescente debe contar desde el inicio del procedimiento con asistencia legal eficaz e idónea y prevé operadores especializados.

Otro de los puntos abordados fue la responsabilidad civil de los padres por los ilícitos cometidos por sus hijos, conforme a las reglas del Código Civil y Comercial. Esa responsabilidad no equivale a atribuirles penalmente el delito.

Por qué se suspendió la aplicación en Buenos Aires

La jueza Pascual suspendió preventivamente la aplicación de la ley en territorio bonaerense al considerar que el sistema provincial no cuenta actualmente con las condiciones materiales, institucionales y profesionales necesarias para afrontar un eventual aumento de adolescentes privados de la libertad.

Ripetta remarcó que la implementación requiere establecimientos adecuados, equipos profesionales y dispositivos de seguimiento, tanto para quienes permanezcan privados de la libertad como para quienes cumplan medidas alternativas. “Y una inversión de dinero”, enfatizó.

La periodista también recordó que los establecimientos destinados a adolescentes reciben la denominación de instituciones de régimen cerrado, y que su funcionamiento debe responder a las características específicas del régimen juvenil.

El debate sobre la edad de imputabilidad

Ripetta consideró que la discusión sobre la edad de imputabilidad es de larga data y podría volver a aparecer si no se resuelven los problemas estructurales vinculados con el delito juvenil.

“Es una discusión eterna, y que probablemente dentro de unos años estemos discutiendo si hay que bajarla de 14 a 12”, advirtió.

Para la periodista, el eje no debería quedar reducido a la edad de los adolescentes, sino también a las herramientas de contención y las respuestas que brinda el Estado. “No es una cuestión de edad de los chicos, sino de las contenciones y de las respuestas que se le dan a esos chicos”, sostuvo.