Al rechazar la Cámara Federal de Rosario el planteo de nulidad efectuado por los fiscales Vásquez, Saccone y Bettiolo, han fracasado definitivamente los intentos de anular el dictamen del fiscal general Palacín e impedir que se llevara adelante la investigación penal plena ordenada por dicho funcionario, quien estimara que, en principio, el crimen del coronel Larrabure era de lesa humanidad.
Si bien la Cámara Federal en lo Penal no se expidió respecto a si el asesinato encuadraba en tal tipo penal, fue muy clara al señalar que el trámite procesal que habilitara al fiscal general a dictaminar era legalmente incuestionable, ajustándose a lo sostenido por la jurisprudencia de la Corte Suprema en la causa “Quiroga” y a las propias resoluciones de la Procuración General.
En síntesis: la Cámara no dijo que el crimen fuera de lesa humanidad, ni tampoco descartó que lo fuese. Afirmó sólo que el dictamen conservaba su validez por ser fruto de un procedimiento ajustado a la ley.
La natural consecuencia de lo resuelto es que debe realizarse la investigación ordenada por el fiscal Palacín, fruto de la cual finalmente corresponderá resolver si nos hallamos o no ante un crimen de lesa humanidad.
Rucci, Larrabure, Viola, López y tantos otros fueron víctimas de un plan criminal diseñado por J.W. Cooke para instalar un régimen marxista quebrando la voluntad de Perón mediante una sucesión de hechos violentos. En los fundamentos del Decreto 1368/ 74, firmado por María Estela Martínez de Perón decretando el estado de sitio, se aludió a éste mencionando la necesidad imperiosa de “erradicar expresiones de una barbarie patológica que se ha desatado como forma de un plan terrorista aleve y criminal contra la Nación toda”. Y se dijo algo aún más grave: que las amenazas del terrorismo guerrillero habían llegado al extremo de ser “dirigidas contra niños en edad escolar”.
Es hora, entonces, de que los paisajes imaginarios de la “memoria” sean sustituidos por el juicio crítico y objetivo de la historia.
Respondiendo el comunicado algunas precisiones sobre la causa “Larrabure”, emitido por la Procuración General de la Nación, Larrabure exteriorizó la sorpresa que le genera que Esteban Righi afirme que “para el Ministerio Público Fiscal y, en particular, para la Procuración General de la Nación, no existe ninguna duda acerca de que todo hecho delictivo que sea denunciado judicialmente debe ser investigado por los órganos correspondientes (jueces y fiscales). Recién después de la apertura de una investigación (o su reapertura, como se plantea en el caso “Larrabure”) procede realizar la discusión relativa a si determinado delito constituye o no “crimen de lesa humanidad”, pues ella debe ser consecuencia de una investigación previa. No corresponde generar esa discusión en abstracto, pues sólo procede si existe algún imputado y si se interpone un planteo de prescripción de la acción penal.
No es precisamente lo que ha ocurrido en las causas abiertas por los asesinatos de Humberto y María Cristina Viola, y Néstor Horacio López, cometidos por el ERP, donde los fiscales actuantes, cumpliendo las instrucciones dadas por el procurador Righi mediante Resolución 158/07, en abstracto y sin investigación previa alguna concluyeron apresuradamente que tales crímenes no eran de lesa humanidad, oponiéndose a que se investigara si el gobierno de Héctor J. Cámpora había incurrido en terrorismo de Estado, y si tal imputación era extensible al gobierno cubano.
La ardua lucha que Larrabure libra se inspira en motivos de estricta justicia. No median razones políticas, ni defiende al Proceso militar, que comenzó después de que el coronel Larrabure fuera vilmente asesinado. Distinta, por cierto, es la situación del doctor Righi, quien tuvo como ministro del Interior de Cámpora una activa participación en el diseño y dictado de la ley de amnistía, pese a lo cual estimó que no existían razones éticas o de decoro que le exigieran abstenerse de firmar la Resolución 158/07.
*Apoderado de Arturo Larrabure.