La trata de personas es un delito del que poco se habla, aunque es una actividad tan antigua como la humanidad misma.
En nuestro país no hay información precisa ni estadísticas que reflejen su magnitud y gravedad, pero la presunción es que está empeorando. El último informe anual del Departamento de Estado norteamericano, que clasifica a los países según su situación ante la trata de personas, nos colocó en el nivel dos y en la lista de observación por tercer año consecutivo. Esto significa que la trata creció y no se han realizado los esfuerzos institucionales para mejorar su combate.
El Protocolo de Palermo firmado en el 2000, define la trata de personas “como la actividad consistente en la captación, el transporte, el traslado, la acogida, la recepción de personas recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra con fines de explotación”.
La Ley 26.364/08 de Prevención y Sanción de la Trata de Persona y Asistencia a sus Víctimas incorporó la tipificación del delito en el Código Penal argentino. La Ciudad de Buenos Aires cuenta con la Ley 2781/08 de Asistencia Integral a la Víctima de Trata, en vías de reglamentación por el Poder Ejecutivo.
Por su parte, el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, a través de la Resolución 2149/08, creó la Oficina de Rescate y Acompañamiento de las Personas Damnificadas por el Delito de Trata, coordinada por un equipo integrado por fuerzas de seguridad, abogados, trabajadores sociales y psicólogos, cuya tarea es perseguir el delito y liberar a las víctimas, brindándoles contención y refugio transitorio.
A lo largo del último año, a través de ficciones y programas de televisión, nuestra sociedad vivió un proceso de visibilización del fenómeno, lo que aumentó las denuncias y demandas de información sobre el tema. El Estado debe optimizar su capacidad para prevenir y asistir a las víctimas y sus familiares con políticas públicas sustentables en el tiempo.
Si bien el Gobierno de la Ciudad no tiene competencia a través de sus órganos ejecutivos y jurisdiccionales para perseguir y reprimir el delito, no puede permanecer indiferente y puede actuar preventivamente antes de la comisión del delito y posteriormente en la asistencia y contención de los damnificados.
La Legislatura porteña debate un proyecto que propone la creación de una Oficina contra la Trata de Personas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que cuenta con el consenso de casi todo el arco político de la Ciudad.
La función de la oficina será organizar y administrar los recursos de que disponga la Ciudad para asistir, proteger y reinsertar a víctimas y familiares, a través de la planificación y ejecución de planes y programas, diseñados con el asesoramiento de una comisión permanente integrada por representantes de los tres poderes del Estado, la Defensoría del Pueblo y las organizaciones no gubernamentales.
La colaboración y el trabajo de las ONG es trascendental, ya que muchas veces cumplen el rol del Estado, en lo referente a la contención y asistencia de las víctimas de este delito y sus familiares.
Es importante destacar que para lograr políticas de Estado eficaces, es necesario el trabajo coordinado entre el Gobierno nacional y las distintas jurisdicciones, e instalar la trata en la agenda pública.
*Diputada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el PRO.