La litigiosidad por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales es una particularidad muy propia de la Argentina. En todos los países industrializados existe un sistema especial para la prevención y reparación de los daños que ocurren en el mundo del trabajo. En todos hay un seguro que protege a los trabajadores y a las empresas ante estos eventos, y repara médica y económicamente a los trabajadores en caso de siniestros; y en todos, sólo excepcionalmente, hay juicio por controversias en torno a la reparación económica.
En Argentina también hay un sistema especial, que es la Ley sobre Riesgos del Trabajo (LRT), que funciona como un seguro, incluso incorporado a la seguridad social, donde las ART son los operadores. Sin embargo, a diferencia de los otros países, en Argentina hay consensos en torno a las ventajas que este sistema brinda en términos de incentivar la prevención y la automaticidad y oportunidad de las reparaciones médicas, pero hay muchos abogados que hacen de la litigiosidad, por la parte de la reparación económica al trabajador, un medio de vida. Esto es lo que mantiene alta y creciente la litigiosidad en el sistema.
Hasta 1995, la litigiosidad era contra las empresas directamente. En ese año se sanciona la LRT con la idea de crear un sistema que permita a los trabajadores prescindir de los juicios laborales para acceder a la reparación prestacional y/o económica de manera tarifada y automática. Sin embargo, la demanda por reparaciones económicas superiores a lo que fijaba la ley continuó, esta vez compartida entre las empresas y las ART.
En 2012, hubo un cambio regulatorio que disminuyó sustancialmente las demandas contra las empresas, pero las mismas se redireccionaron y aumentaron contra las aseguradoras, lo que en el fondo es contra las empresas también, sólo que indirectamente porque vuelve al sector productivo como mayores costos del seguro. La causa sigue siendo la búsqueda rentística de mayores reparaciones económicas que las que fija la LRT por medio del accionar en la Justicia.
El tema es muy serio y la prueba de que la litigiosidad se ha convertido en una actividad en sí misma es que, según los datos oficiales de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, se producen anualmente 60 mil incapacidades permanentes o muertes en siniestros laborales, que son las que gatillan una reparación económica; sin embargo, se estima que habrá cerca de 120 mil nuevas demandas contra las ART por este concepto sólo en 2015. O sea, hay casi dos demandas por cada nuevo siniestro que se produce en el sistema. Esto es producto de que se buscan siniestros ya reparados por la LRT, o que no son considerados siniestros laborales, para generar nuevas demandas judiciales.
La solución está en un accionar más responsable y unificado del Poder Judicial. Lo que sucede con los juicios por accidentes laborales y enfermedades profesionales es que quienes fallan son los tribunales provinciales que, en general, no se ajustan a los criterios y parámetros que fija la ley. Por el contrario, peritos y jueces fijan sus propios criterios, que en la mayoría de los casos se alejan de lo que establece la LRT. Hay que señalar que el resto de los actores (Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, empresas y sindicatos) ya han realizado muchos esfuerzos por adaptar la ley a los lineamientos que se derivaban de los diferentes criterios que fijaba el Poder Judicial. Pero a pesar de estos esfuerzos, la Justicia sigue determinando como laborales muchos eventos que según la ley no lo son, o bien fijan reparaciones por encima de lo que fija la ley.
La solución, en pocas palabras, pasa por hacer que la Justicia se ajuste a lo que el Poder Legislativo fijó en la normativa. Aunque sea insistente, es importante recalcarlo. El Poder Legislativo ya hizo el esfuerzo de adaptar la LRT a los lineamientos del Poder Judicial, pero este último sigue siendo creativo en la aplicación de la ley, lo que termina generando un gran incentivo para los abogados a estimular a los trabajadores a presentar demandas por mayores reparaciones económicas y un creciente riesgo patrimonial para el sector productivo. Es imperioso corregir esta distorsión para preservar tanto el empleo como la capacidad y eficiencia productiva de nuestra economía.
*Director de Idesa (Instituto para el Desarrollo Social Argentino).