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Baja de la edad de imputabilidad

Delito juvenil vs. hastiada sociedad

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Menores. La propuesta del gobierno nacional reinstaló el debate en la sociedad. | Cedoc Perfil
La existencia del Estado tiene, entre otros objetivos, el de brindar a los habitantes seguridad y justicia. El primero de ellos no sólo se refiere a la llamada seguridad jurídica y a la social, sino también a la que se debe brindar a los integrantes de la comunidad para evitar que sean dañados por terceros. Si no obstante la seguridad fallara y el daño se produjera, es indispensable que por lo menos se cumpla con otro de los objetivos estatales, cual es el de la justicia.

La Constitución Nacional ha delineado un marco general en materia de seguridad, garantizando expresa o implícitamente a los habitantes el derecho a la vida, a la libertad e integridad física, a la propiedad, etc., y estableciendo que las cárceles de la Nación deben ser sanas y limpias, para seguridad y no para castigar a los reos detenidos en ellas.
A través de esas disposiciones y de la que estableció la prohibición de la tortura, es evidente que el constituyente ha querido proteger la integridad física de los delincuentes, porque aun siéndolo, son seres humanos que merecen un trato digno, pero también ha sido intención de la Ley Suprema proteger a la sociedad, disponiendo que quienes delinquen deben ser aislados de su seno hasta que, gestión estatal mediante, recuperen pautas de convivencia.

En ese contexto de garantías, y por mandato constitucional, el Congreso de la Nación ha ido dictando normas penales (entre ellas el Código Penal) en las que, entre otras cosas, se han descripto las conductas o actos cuya comisión acarrea para sus ejecutores pena de prisión; se han fijado sus respectivas penas, y se ha definido desde qué edad un individuo puede ser imputado por la comisión de delitos.
Pues toda esa legislación penal debe cumplir con el objetivo estatal de brindar seguridad a la sociedad, y específicamente con el marco general que en la materia ha creado la Constitución Nacional, tal como lo señalé antes.

La propuesta del gobierno nacional de revisar la legislación vigente en materia de edad de imputabilidad, y de reducirla a los 14 años, reinstaló una vieja discusión que pasa por determinar si un adolescente, desde los 12, 13 o 14 años de edad, tiene o no pleno discernimiento para entender que quitar la vida, dañar o apropiarse de lo ajeno es una conducta socialmente negativa. Como es evidente que a partir de esas edades existe un claro discernimiento acerca de lo que está bien y de lo que está mal, también lo es que quienes se oponen a que esos jovencitos sean susceptibles de ser juzgados y encarcelados lo hacen porque priorizan la protección de los menores que delinquen a la de la sociedad en su conjunto, cuyos integrantes lamentan cada día cómo sus derechos (incluyendo el de la vida) son permanentemente vulnerados por aquellos “pibes” cuyos raides delictivos cuentan con la increíble justificación de quienes deben legislar para defender a los ciudadanos que viven honestamente, y de jueces mal llamados “garantistas”, para quienes la justicia pasa por amparar delincuentes más que por proteger a la sociedad de los mismos.

Es cierto que la inseguridad no se resuelve únicamente con una baja de la edad a partir de la cual cabe la imputabilidad, y que por el contrario es necesario implementar medidas que vayan desde la creación de una red de contención social y de prevención, hasta otras que propendan a una adecuada resocialización de los malvivientes; pero mientras todo eso se pone en marcha, es necesario hacer algo para proteger a los habitantes del delito y ponerle punto final a la nefasta impunidad de la que desde hace mucho tiempo gozan los delincuentes.

Una forma de terminar con este absurdo debate cuyos únicos protagonistas parecen ser los políticos sería permitir que el pueblo opine sobre la cuestión a través de una consulta popular vinculante, para lo cual sólo es necesario que el Congreso sancione una ley de convocatoria que el Presidente no podría vetar. En ese caso la voz del pueblo sería obligatoria, y allí se advertirá cómo una abrumadora mayoría reclama a gritos que se los proteja de la delincuencia juvenil.

*Profesor de Derecho Constitucional
UBA, UAI y UB.