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El DNU del desánimo

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La elevación a Ministerio de la Secretaría de Cultura implica un cambio en la ubicación del área dentro del gabinete, con repercusión en su estructura administrativa.

No es posible evaluar si esta decisión traerá como consecuencia la implementación de políticas más eficaces. Tampoco si la cultura se incluirá entre las cuestiones esenciales del Estado. Las experiencias comparadas indican que el rango ministerial no es determinante para la consideración del tema y las políticas.
La decisión es un gesto para darle al área una ubicación de mayor rango, pero que esa decisión se haya plasmado mediante un decreto de necesidad y urgencia que no reúne ninguno de los requisitos previstos en el art. 99 inc. 3º de la Constitución Nacional produce desánimo.
Luego de once años en el ejercicio del poder, el grupo gobernante advierte que es “necesario y urgente” cambiar de rango una secretaría y que, pese a contar con mayorías parlamentarias para decidirlo por el mecanismo normal de reforma de la ley de ministerios, usa esta herramienta excepcional para que el Ejecutivo legisle.

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Sin debate parlamentario ni social sobre el tema, se toma una decisión que afecta una actividad donde el debate y el disenso deberían ser los principales valores a proteger.
No puede sorprender que esto suceda porque uno de los rasgos que han caracterizado al oficialismo en su extenso período de gobierno fue su pasión por convertir lo excepcional en ordinario, desvirtuando así los principios del Estado de derecho.

Y la organización constitucional de una comunidad es el mejor exponente de su cultura

*Profesor de Derecho Constitucional y Derechos Culturales. Reside en Montevideo.