La asociación desarrolló sus designios criminales, por lo menos desde principios de agosto de 2009, momento en que Amado Boudou asumió como ministro de Economía y Finanzas de la Nación, hasta el mes de diciembre de 2015, cuando finalizó su mandato como vicepresidente de la Nación”, reza la resolución del juez federal Ariel Lijo, quien ordenó la detención y posterior indagatoria de Amado Boudou sorprendiendo así a casi todos, incluyendo al imputado. Sin embargo, para el magistrado las razones de su resolución son claras e indubitables: lo acusó de ser el jefe de una asociación ilícita para enriquecerse, y de lavado de dinero.
José María Núñez Carmona, Juan Carlos López y Alejandro Vandenbroele –supuestos testaferros del ex vicepresidente– también fueron acusados como miembros de dicha asociación. Núñez Carmona comparte ya la prisión con el ex vicepresidente mientras que los otros dos deberán presentarse la próxima semana a declarar ante el juez. A su vez, Agustina Kämpfer –ex novia de Boudou– fue imputada por lavado de dinero.
Fuentes de la fiscalía a cargo de Jorge Di Lello no ocultaron su sorpresa y su malestar por el accionar de Lijo: “La investigación no ha cambiado. No hay nuevos elementos. Me gustaría saber por qué se lo detiene ahora y no antes o después. No sabemos qué criterio usó el juez. Esto es un mamarracho”, dijeron visiblemente molestos.
Fundamentos. Según Lijo establece en su escrito, “la razón de ser de las medidas de coerción” está basada en “relaciones residuales con actores que podrían configurar una vía de colaboración para eludir la actividad jurisdiccional”, aludiendo así a la posible capacidad de fuga del imputado. A ello le agrega que, por la propia naturaleza de la maniobra investigada, Boudou conserva el “poder económico para la elusión o la obstaculización del proceso”.
Cabe destacar que el juez contempla lo que se ha venido denunciando y evidenciando en los medios de comunicación al describir la escandalosa obscenidad del comportamiento del ex vicepresidente. Lijo marca el accionar de manera abierta y aún no cuantificada de manera definitiva señalando que “por medio de la modalidad descripta, se habrían llevado a cabo un número indeterminado de acciones ilícitas que van desde la compra de automotores hasta la adquisición de la Imprenta Ciccone” (...).
En la dinámica de los hechos que derivaron en la prisión tanto de Boudou antes de ayer como de Julio De Vido la semana posterior a las elecciones, está el fallo de principios de septiembre de la Sala II de la Cámara Federal en lo Penal por el que se ordenó que se revisara el pedido de indagatoria y detención sobre Julio De Vido que el juez federal Luis Rodríguez le había denegado al fiscal Carlos Stornelli en la causa por los desvíos millonarios de fondos que debían llegar al yacimiento de Río Turbio. En sus argumentos, el camarista Martín Irurzun consideró que el pedido de Stornelli se sustentaba “en la necesidad de sujeción de los imputados al proceso y garantizar el esclarecimiento de los graves episodios en trámite y evitar que se conforme una trama de complicidades que fomente el ocultamiento de evidencias y el consenso de estrategias”. Léase, posible fuga u obstrucción a la Justicia por posición de poder. En la fiscalía de Di Lello no convencen estos argumentos, pero cierto es que la relación entre el juez y el fiscal no es de las mejores. Incluso han dejado trascender que “no estaban al tanto de la inminente detención y que el juez no les atendió el teléfono en las horas posteriores”.
Fuentes de primera línea que conocen el accionar del juez ratifican lo actuado:
1- Hay nuevos resultados periciales que aconsejan celeridad en las actuaciones.
2- Como resultado de la investigación se ha determinado la existencia de nuevas cuentas no declaradas que aún no han sido inhibidas; por ejemplo en España. “Sabemos que miembros de la asociación están moviendo y disponiendo libremente de ese dinero”.
3- El antecedente de la Cámara (antes citado).
4- Las dos nuevas imputaciones: jefe de asociación ilícita y lavado de dinero.
5- Hay quienes especulan que la investigación de Di Lello no fue tan contundente, y otros que piden graciosamente “un manto de piedad sobre él”.
Esta es la demostración de las internas que atraviesan a un Poder Judicial que está en deuda con la ciudadanía. No hay duda de que tanto Boudou como De Vido serán condenados. No hay duda de que pasarán un buen tiempo en la cárcel. Esas certezas existen desde hace largo tiempo. Son certezas que surgieron de las evidencias que arrojaron decenas de investigaciones periodísticas y de legisladores como Elisa Carrió, que aportaron material y documentación que, salvo alguna excepción, muchos jueces cajonearon o investigaron con supina molicie. El peritaje sobre el caso de enriquecimiento ilícito que tiene a Boudou tras las rejas en el penal de Ezeiza demoró dos años. ¿Cómo es posible tamaña demora en una causa tan sensible?
La prisión preventiva está contemplada en el Código Procesal Penal en sus artículos 312, 313, 314 y 315. Pero su aplicación exige prudencia e, implícitamente, un accionar judicial diligente que complete las investigaciones para llevar al imputado a juicio. Si posamos la mirada sobre los casos de Lázaro Báez y de José López (que llevan ya un largo tiempo detenidos y sobre los que no hay indicios sobre las fechas de juicio) vemos que esa diligencia no se ha observado: la investigación no está completada y, que se sepa, hasta el momento no hay fecha cierta de juicio.
Momento clave. El procedimiento del viernes demanda una explicación del juez Lijo. La pronta difusión del video sobre la detención de Boudou en su domicilio, dormido y descalzo, es violatoria de los derechos y garantías que toda persona tiene.
Este despertar poseleccionario de la Justicia no ayuda a forjar la idea de un poder independiente. Esta Justicia que actúa según sean los tiempos y los vientos de la política no le sirve a la sociedad porque cuando emite sus veredictos ya es tarde para todo. A los fallecidos en la tragedia de Plaza Once nadie les devolverá la vida.
Producción periodística: Santiago Serra.