COLUMNISTAS
DESAFÍO 2020

La protección de los DD.HH. acéfala

La institución de garantía de derechos más abierta a las necesidades de la sociedad fue creada con rango constitucional en la reforma de 1994: se trata del “Defensor del Pueblo de la Nación”.

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La institución de garantía de derechos más abierta a las necesidades de la sociedad fue creada con rango constitucional en la reforma de 1994: se trata del “Defensor del Pueblo de la Nación”.

Su prolongada acefalía es incomprensible. Su nombre también: “El defensor…” deja masculinizada a una institución que tiene por misión la protección de los derechos humanos, y en consecuencia la no discriminación.

Como órgano constitucional es quien mejor puede sostener los valores, principios, derechos y garantías de todas las personas. Por ello la normativa le otorga amplias funciones dentro de los márgenes de la democracia y la gobernabilidad.

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Las raíces históricas de esta institución –que las monarquías escandinavas denominaron “Ombudsman”– tienen poco que ver con nosotros. Aquellos Ombudsmans debían limitar al poder feudal en defensa de los súbditos del Reino.

Nuestras democracias no tienen súbditos ni príncipes. Por tanto, quien defiende derechos en democracia no está para limitar a los poderes legitimados, sino para cooperar o exigir vigencia plena de los derechos y deberes que consignan la Constitución y los tratados ratificados.

Hay que tomar en cuenta que el Estado es el garante obligado de proteger los derechos de las personas.

Defender al Pueblo desde un lugar estatal es un hacer, no un declamar. Tal hacer puede consistir en observar y prevenir algunas veces, proponer alternativas otras veces, conciliar intereses, mediar en los conflictos o anticiparse a ellos aportando criterios desde la visión del pueblo, aunque la tarea sea intraestatal. 

Estar atento a todos y cada uno de los problemas que aquejan a la comunidad. No es tarea sencilla. Requiere tener cien ojos como el mitológico Argos, profesionales idóneos alrededor, sólida paciencia zen, ágil imaginación e invulnerable racionalidad y discreción.

Defender, proteger, cuidar es también servir de puente para con los disconformes, y a la vez escuchar, diagnosticar y abrir camino para satisfacer las demandas. Ser puente no es placentero, es estar siempre en el medio, sobre todo cuando desde ambas puntas llueven reproches cruzados.

Hay que saber blindarse con técnica y aprovechar la experiencia para pacificar primero, luego construir una propuesta y no olvidar que por error o descuido uno se puede caer del puente al foso de los leones.

La función defensista es de riesgo si se la toma en serio, y no superficialmente para figurar.

Si se quiere ser eficaz y positivo, también hay que recurrir a profesionales con experiencia en función pública, para que profundicen los temas, y apliquen las técnicas de planificación, conducción y gestión, en su versión social y jurídica.

Quizás por estas razones la Defensoría del Pueblo de la Nación quedó acéfala desde hace diez años, apenas sostenida por esforzados funcionarios de línea, que mantienen a la institución razonablemente viva.

No pueden hacer más por carecer de legitimidad, como si no fuera necesario –y a veces imprescindible–  ese órgano del art. 86 de la Constitución creado para la protección de los Derechos Humanos.

Confiamos en que nuestros legisladores nacionales tomarán en cuenta que los Derechos Humanos no se pueden archivar, ni abandonar como ha ocurrido en los últimos diez años.

Se hace imprescindible que se designe a un Defensor o Defensora del Pueblo en los términos del ordenamiento constitucional. Y que pueda exhibir un currículum documentado, elegido en audiencia pública y que pueda ser coherente con los valores a defender: equidad, democracia, paz y transparencia.

Ojalá sea éste el momento oportuno para que –junto al nuevo presidente Dr. Alberto Fernández– se rearme la Defensoría del Pueblo de la Nación después de una década de cuasiabandono.

*Abogada. Presidenta del Instituto Argentino de Derechos Humanos.