Los grandes estudios de abogados intuyen que el fallo de la Sala I de la Cámara en lo Civil y Comercial Federal, declarando inconstitucional dos artículos de la Ley de Medios –el 45 y el 48– que le dan un amplio triunfo total a Clarín sobre el Gobierno, es un anticipo de lo que fallaría la Corte Suprema en próximos meses. Tan rotundo es el triunfo de Clarín que hasta no le habría dado mucha dimensión mediática en sus propios medios para no generar reacciones en contrario.
Hay tres párrafos que incluso van más allá de la Ley de Medios y son una dura crítica a la arbitraria distribución de la publicidad oficial y a la prohibición a supermercados y casas de venta de electrodomésticos de publicar avisos en los diarios. No sólo condena el uso coercitivo de la publicidad oficial sino también el de la publicidad privada. Dice el fallo de la Cámara:
“La sustentabilidad financiera de una empresa guarda correspondencia con el grado de independencia y de eficacia en su función de expresar, comunicar e informar ideas y opiniones.”
“Cuando una empresa periodística dispone de recursos financieros y técnicos, puede cumplir sin condicionamientos externos los servicios de información y de crónica. Cuando se conjuga la reducción de la audiencia, la disminución de la publicidad privada (cepo) y la falta de avisos oficiales, ello conduce a inseguridad económica que afecta a la libertad periodística.”
“En tal sentido, no sólo se encuentra comprometido el derecho de propiedad sino el derecho a la libertad de expresión e información en su doble faceta: no solamente como derecho inalienable de toda persona, sino como derecho indispensable para la existencia misma de una sociedad democrática”.
Al día siguiente, la Presidenta dijo que el fallo “era demasiado grosero. Ni siquiera esta Justicia se merece algo tan grotesco”, que la dejó “sin habla, nunca se vio nada igual, me enmudeció”, calificó a la Cámara en lo Civil y Comercial como “la Cámara en lo Clarín y Rural” y fue al tema más importante, la reforma judicial: “La ley de Medios es la parte superior del iceberg del problema. Es lo que visualizó el problema de la Justicia pero no es el gran problema. El problema global es la Justicia en el país, porque es un poder del Estado y debe ser tan democrático como lo son el Ejecutivo y el Legislativo. Esto es así de simple y tienen que entenderlo. Todos somos transitorios pero hay magistrados nunca removidos que tienen una idea casi aristocratizante del Poder Judicial. Por eso entran a la Justicia los hijos, amigos o los recomendados de los jueces, por eso el pibe que se recibe de abogado no puede entrar. Es una especie de gueto y por eso es necesaria una reforma de fondo, para abrir las puertas y para que el pueblo participe dando legitimidad a cada órgano de ese poder”; y tratando de aumentar la discordia recordó que uno de los tres camaristas que fallaron a favor de Clarín, Francisco de las Carreras, es bisnieto del primer presidente de la Corte Suprema y sería tan aristocrático que hasta “suele reírse del apellido tano de algún miembro de la Corte con doble t”, en obvia referencia a Ricardo Lorenzetti.
¿A donde va Cristina Kirchner afectando también a Lorenzetti al castigar a De las Carreras? ¿Va hacia otro 7D cuando le declaren inconstitucional su ley de reforma del Poder Judicial, por lo menos en sus partes sustanciales, como se supone que volverá a suceder?
En la contratapa del sábado pasado titulada Era obvio (http://e.perfil.com/era-obvio) se recordó que la función de una idea es sostener y no necesariamente que se realice, porque la sola existencia de una idea puede generar efectos, de la misma forma que hay derrotas políticas que producen beneficios que algunos triunfos carecen y viceversa. Por ejemplo, justificar que no se pudo hacer la revolución prevista porque las corporaciones lo impidieron y no porque el modelo tuviera fallas congénitas que el paso del tiempo inevitablemente tenderá a hacer evidente.
Pero en el caso de las leyes que conforman la reforma del Poder Judicial, a diferencia de la Ley de Medios, hay una parte sustancial que no parece que pueda ser declarada inconstitucional y que sería muy funcional y complementaria con aquella que pretenda construir un puente de oro para una eventual retirada con épica que permita sostener el relato a futuro.
La limitación de cautelares, a pesar de las modificaciones que se le introdujeron para resguardar los derechos de los más vulnerables e, incluso, las modificaciones al Consejo de la Magistratura pueden ser declaradas inconstitucionales. Pero ese no sería el caso de la creación de los tribunales superiores del fuero federal, donde el kirchnerismo podría nombrar toda una generación nueva de jueces que le garantice décadas de cobertura frente a los juicios que ellos mismos debieran enfrentar desde la intemperie si estuvieran fuera del poder.
Las nuevas Cámaras de Casación en lo Contencioso Administrativo, Civil y Comercial, Trabajo y Seguridad Social podría permitirle al Gobierno efectos comparables a designar una Corte Suprema de Justicia integralmente nueva porque estos nuevos tribunales absorberían gran parte de la sentencias que actualmente debe determinar el máximo tribunal.
Hay dos móviles. La reforma del Poder Judicial es para que no le detengan cautelares ni se declare inconstitucional una nueva Ley de Medios que el Gobierno promovería junto con otras reformas que permitan la continuidad de la Presidenta en el poder. O para garantizar un alejamiento del poder. La reforma Judicial sirve tanto para “ir por todo” como para –por partida doble– retirarse.