Las leyes dictadas recientemente por el Congreso de la Nación, atendiendo legítimos derechos de diferentes sectores de nuestra sociedad, vuelve a plantear la siempre compleja relación entre política y economía. Ahora, a partir que desde la primera se sancionan medidas que requieren, inexorablemente, recursos que debe proveer la economía.
Para el estudio de las sociedades humanas la ciencia social necesitó crear conceptos que aprehendieran las diferentes relaciones entre el conjunto de actores que hacían parte de la misma; entre ellos los referidos a las actividades económicas y políticas. La economía ocupándose de la producción de bienes y servicios, mientras la política debía ocuparse del orden necesario para la convivencia ciudadana. Sin embargo, un problema aparece cuando diferentes corrientes de pensamiento (influidas por valores e ideologías) desconoce la relevancia de una u otra de esas dimensiones: el funcionalismo (Parsons, entre otros) privilegiando la dimensión institucional de las sociedades; mientras que autores que creen interpretar a Marx otorgan un papel determinante a la dimensión económica.
En el caso de las citadas leyes sancionadas por el Congreso Nacional, se cae en una nueva disociación entre política y economía, en la medida que dichas leyes hacen uso de la institucionalidad política para incorporar nuevos derechos con fuerte contenido social, pero que eluden considerar las medidas económicas imprescindibles para atender los gastos que se derivarán, inexorablemente, del cumplimiento de los derechos que las mismas reconocen. Decisión que, pese a llevar a emisiones monetarias que terminarán en hiperinflaciones desestabilizantes, no reciben críticas de medios y pensadores políticos en la medida que comparten la creencia de que la política es ajena a los condicionantes económicos. Pensamiento que fuera explicitado de manera contundente, en una nota periodística, por un reconocido intelectual argentino (con formación en filosofía y temas constitucionales) quien sostenía que la función de la política es crear derechos, y que los recursos necesarios para hacer efectivo los mismos, es una tarea de los economistas.
Volviendo ahora a las leyes sancionadas por el Honorable Congreso Nacional (referidas al reconocimiento de legítimos derechos de varios sectores de la sociedad), la falencia de no complementar las mismas con medidas tendientes a la creación de los recursos económicos para atender esos derechos, se hace menos comprensible dadas las obligaciones que nuestra Constitucional Nacional impone al Congreso. En efecto, el artículo 75 de la misma establece como “atribuciones del Congreso”, la de “Proveer lo conducente a la prosperidad del país…promoviendo la industria…la colonización de tierras de propiedad nacional, la introducción y establecimiento de nuevas industrias, la importación de capitales extranjeros” (inciso 18), agregando, en el inciso 19 del mismo artículo: “proveer lo conducente… al progreso económico con justicia social, a la productividad de la economía nacional, a la generación de empleo… a la defensa del valor de la moneda, a la investigación y al desarrollo científico y tecnológico… (y) Proveer al crecimiento económico de la Nación…”.
Como se desprende claramente de nuestra Constitución Nacional, el Honorable Congreso está lejos de cumplir, acabadamente, con sus deberes y funciones.
*Sociólogo.