La Cámara de Diputados dio el primer paso para hacer realidad una lucha que lleva años y que los gobiernos anteriores ignoraron sistemática y conscientemente. Probablemente pocos sepan que la información es un derecho humano y que es, además, una precondición necesaria para el ejercicio de otros derechos humanos.
¿Por qué? Porque la información sirve para mostrar, por ejemplo, los índices de pobreza y, en consecuencia, priorizar políticas públicas destinadas a los sectores más necesitados. Sirve también para conocer el nivel de acceso de determinada población a ciertos servicios públicos, la distribución del presupuesto que hace el Gobierno entre distintas zonas del país, las declaraciones juradas de nuestros funcionarios, a quienes elegimos y quienes tienen que rendirnos cuentas de las funciones que ejercen. Sirve también para conocer cómo el Poder Legislativo hace su trabajo, si genera o no pedidos de informes sobre temas que preocupan a la sociedad o a cuántas sesiones concurren... ¿Servirá también para conocer las declaraciones juradas de los jueces del más alto tribunal?
El principio de publicidad en la administración de gobierno es imprescindible para garantizar la transparencia y la rendición de cuentas y para concretar la participación social. Como sociedad, en Argentina esto nos lo debíamos hace rato y éste parece ser el momento más oportuno.
América Latina es una de las regiones que más avanzaron en esta materia. Al menos 19 países (entre ellos Brasil, Chile, Ecuador, México y Perú) sancionaron marcos legales en este aspecto.
Hasta ahora Argentina no ha sido parte de esta tendencia. Nuestro país está en falta. Actualmente rige el decreto 1172/2003. Su carácter limitado exclusivamente al ámbito del Ejecutivo nacional plantea la necesidad de que se avance en la sanción de una ley nacional que establezca mecanismos claros para que los órganos estatales de los tres poderes asuman el deber de difundir proactivamente información, y a la par, que las personas puedan reclamar y recibir información pública.
Argentina dio media sanción a la ley y ha sido positiva la decisión del Poder Ejecutivo de haber puesto en la agenda pública este tema, para lograr una política de Estado que comprometa a los tres poderes. Sin embargo, el Senado aún está a tiempo de debatir con más profundidad algunas cuestiones que presenta la norma y que recibió críticas de periodistas, académicos y sobre todo –y de modo unánime– de las organizaciones de la sociedad civil.
El proyecto crea un órgano de control, denominado Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP). Su función es que el Poder Ejecutivo cumpla la ley cuando se niegue injustificadamente a entregar información. El proyecto prevé que la designación y remoción del titular de ese órgano sea realizada, justamente, por el Ejecutivo. Cuando un poder tiene la potestad de ejercer tal nivel de condicionamiento y ser permeable a los intereses de la administración, su independencia puede ser cuestionada.
Los casos donde el órgano garante depende del poder del Estado al cual debe controlar detentan una potencial amenaza a la imparcialidad, sobre todo cuando la información requerida sea sensible al superior. La ley modelo de la OEA recomienda que los titulares de estos organismos sean propuestos por el Congreso y que el proceso de nombramiento incluya a la ciudadanía. Se podría pensar en el modelo que actualmente nuestro sistema tiene para la designación del Defensor del Pueblo.
El Congreso tiene posibilidad de sumar a Argentina al grupo de países preocupados por ampliar los derechos de la ciudadanía y garantizar mayores niveles de transparencia, rendición de cuentas y participación de la sociedad en asuntos públicos. A la vez, ayudará a reducir los niveles de desigualdad, de corrupción, evasión fiscal y abuso de poder. Estamos frente a una oportunidad histórica.
*Directora ejecutiva de Amnistía Internacional Argentina.