El proyecto de Ley de movilidad jubilatoria que impulsó el oficialismo se convirtió ayer en Ley, y a partir de marzo del año próximo entrará en vigencia. La nueva fórmula tiene como antecedente directo la establecida por la Ley N° 26.417 que estuvo vigente desde 2008 hasta su derogación en 2017.
Sin lugar a dudas, el cambio central que propone la flamante Ley de movilidad jubilatoria establece que los haberes de los trabajadores pasivos se ajustarán con una fórmula que combina un 50% de la recaudación de la Anses y otro 50% de la variación salarial, dejando de lado la actualización por inflación que había sido aprobada por la administración de Mauricio Macri y que fue suspendida en diciembre de 2019 por el actual gobierno.
El Jefe del Interbloque de Juntos por el Cambio, Mario Negri, se había referido justamente a este tema durante su presentación al señalar: "Vemos que hoy decidieron nuevamente actualizar las jubilaciones teniendo en cuenta la recaudación impositiva y la evolución de los salarios. No decimos por capricho que no a la recaudación. Es muy sencillo: en 60 años hemos tenido 14 recesiones", criticó.
De todos modos, el proyecto consiguió 132 votos a favor y cosechó el respaldo de Frente de Todos, el interbloque Unidad Federal para el Desarrollo, y los bloques de Córdoba Federal, bloque Peronista, Acción Federal, y el Movimiento Popular Neuquino.
Por su parte, el rechazo a la iniciativa reunió 119 votos de Juntos por el Cambio, la izquierda, Partido de la Justicia Social, el socialismo, y Consenso Federal.
Diputados: la nueva fórmula de la movilidad jubilatoria
Las 5 claves de la movilidad jubilatoria:
- La ley asegura 4 aumentos por año que serán trimestrales, con lo cual la primera actualización se cobrará en marzo de 2021; luego junio, septiembre y diciembre,
- La nueva ley entrará en vigencia a partir de marzo de 2021.
- Unos 18 millones de personas serán alcanzados por la normativa votada ayer, entre ellos jubilados, pensionados y beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), asignaciones familiares, pensiones no contributivas, y pensión al adulto mayor.
- Estos incrementos de haberes para el sector pasivo serán automáticos. El índice que se aplicará combinará el 50 por ciento de los aumentos de salarios contemplados en base a la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), y otro 50 por ciento el incremento de la recaudación que obtenga la Anses.
- En esencia, la nueva fórmula tiene como antecedente directo la establecida por la Ley N° 26.417 que estuvo vigente desde 2008 hasta su derogación en 2017, y sus elementos constitutivos básicos, los salarios y la recaudación. Sin embargo, sale del cálculo de los aumentos la inflación.
LR