El 31 de diciembre próximo vence el plazo para adherir a la moratoria de deudas de impuestos patrimoniales del año y abarca tanto a familias como empresas.
También tendrán tiempo hasta fin de año los contribuyentes que ejercen actividades afectadas por la pandemia, y que registran deudas en
- Ingresos Brutos,
- Automotores e
- Inmobiliario Básico, tanto en planta urbana edificada como rural, vencidas en 2021.
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En tanto, hay una tercer moratoria que vence a fines de 2021 y es para quiénes actúan como agentes de recaudación.
A comienzos de noviembre la agencia de recaudación provincial había extendido el plazo hasta fin del corriente año.
Una a una, las moratorias de ARBA aún abiertas
Las moratorias que se extienden hasta fin de año abarcan los siguientes segmentos:
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Impuestos patrimoniales vencidos en 2020
Incluye cuotas impagas de Inmobiliario Básico y Complementario, Automotores y Embarcaciones Deportivas vencidas el año pasado. Brinda quitas de hasta el 100% en multas e intereses. Los beneficios están segmentados con un carácter de progresividad, en función de la capacidad de pago de los hogares y empresas, brindando mayores facilidades para quienes fueron más perjudicados. Prevé una financiación de hasta 24 cuotas.
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Deudas de 2021 en actividades afectadas por la pandemia
Comprende a los impuestos Ingresos Brutos, Automotores e Inmobiliario Básico, tanto en planta urbana edificada como rural. Busca otorgar facilidades para que comercios, autónomos, pymes, empresas y demás contribuyentes, que hayan tenido caída de ventas o aumentos inferiores al 40% en su facturación, puedan regularizar deudas vencidas este año en hasta 18 cuotas sin interés.
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Plan para agentes de recaudación
Permite regularizar deudas provenientes de retenciones y percepciones no efectuadas, no ingresadas o ingresadas fuera de término, de Ingresos Brutos y Sellos, vencidas al 31 de diciembre de 2020, tanto en instancia judicial como prejudicial. Brinda una financiación en hasta 48 cuotas, dependiendo del tamaño de la empresa y el tipo de deuda.
Incluye la posibilidad de regularizar intereses, recargos y multas, así como deudas de regímenes anteriores que se encuentren caducos al 31 de diciembre de 2020.
cp