Las personas físicas y jurídicas que tributan Ingresos Brutos en la provincia de Buenos Aires y que poseen hasta $50.000 de crédito fiscal con ARBA, incluso si se encuentran dentro del Convenio Multilateral, ya pueden solicitar la devolución de esos saldos a través de un trámite por internet.
"Antes los contribuyentes tenían que enfrentar un trámite engorroso que podía llevar años. Ahora, con la herramienta digital que desarrollamos, la devolución se resuelve en pocos días a partir de una operatoria ágil, simple y transparente que evita la necesidad de concurrir a un punto de atención presencial", explicó Gastón Fossati, director de ARBA.
El funcionario bonaerense subrayó además que “por principios de equidad, la iniciativa beneficia puntualmente a quienes sean cumplidores, exhiban un buen comportamiento tributario, no estén sujetos a fiscalizaciones y tengan al día todas sus obligaciones vinculadas con Ingresos Brutos, entre otros requisitos”.
La medida abarca al 83% de los contribuyentes que tienen créditos fiscales con la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires. Los saldos a favor provienen del régimen de retención y percepción de Ingresos Brutos, y también son generados por pagos erróneos vinculados con el impuesto.
El mecanismo regía desde el año pasado para personas físicas que tuviesen saldos a favor de hasta $10.000. A partir de junio, y gracias a la optimización del desarrollo informático que gestiona las demandas de repetición, el organismo tributario bonaerense amplió el límite para acceder al servicio, lo llevó a $50.000, e incluyó en el sistema a las empresas.
Para tramitar la devolución de sus créditos fiscales, los contribuyentes que cumplan con estas condiciones deben ingresar en www.arba.gob.ar y acceder a la aplicación “Demanda de Repetición”. Allí tendrán que formalizar la presentación a través de su CUIT y Clave de Identificación Tributaria (CIT).
El sistema informará los saldos a favor que constan en la base de datos de ARBA, para que el contribuyente pueda seleccionarlos. Luego, y en caso de que la persona física o jurídica posea deudas vinculadas a impuestos predeterminados como Inmobiliario o Automotores, se le ofrecerá la posibilidad de compensar esos montos impagos con parte o la totalidad del crédito fiscal.
Cumplido este último paso, se obtendrá un comprobante de la presentación y, de manera automática, se iniciará el circuito administrativo digitalizado que resolverá la petición del contribuyente a través de la compensación o devolución que corresponda. La informatización del procedimiento incluye expedientes y firmas digitales, así como notificaciones que se envían al domicilio fiscal electrónico del contribuyente, lo cual garantiza la celeridad y transparencia del sistema.