ECONOMIA
Preguntas frecuentes

Créditos a tasa 0% para monotributistas: todo lo que hay que saber para solicitarlos

¿Pueden acceder los que tienen un préstamo similar tomado durante la pandemia?; ¿pueden comprar dólares oficiales los que tienen un crédito de este tipo?; ¿todos los monotributistas pueden solicitarlos? Las respuestas a 5 preguntas básicas.

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Monotributo | Agencia Telam

El Programa Crédito a Tasa Cero 2021 para monotributistas ofrecerá financiamiento de préstamos de hasta $ 150.000 para un millón y medio de contribuyentes de este sistema en todo el país

El gobierno oficializó la decisión a través del decreto 512/2021 publicado hoy en el Boletín Oficial.

Los créditos están destinados a los adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), y tal como se definió oficialmente buscan inyectar recursos para acompañar el proceso de recuperación productiva.

 



Los créditos cuentan con subsidio del 100% del costo financiero total, un programa similar al que el gobierno lanzó en 2020 durante pleno aislamiento por la pandemia, razón por la cual hay quienes pueden preguntarse si, teniendo un crédito similar que aún están pagando, pueden volver a solicitar un crédito de este tipo.

Aquí van algunas respuestas a las preguntas más frecuentes.

 

1) ¿Quiénes pueden solicitar estos créditos a tasa 0%?

Son beneficiarios del Programa los sujetos que se encuentren adheridos al Monotributo, y cumplan con las condiciones que establezca el Ministerio de Desarrollo Productivo.

 

2) ¿Cualquier monotributista puede solicitarlos?

 

No se encuentran comprendidos en el Programa los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que perciban ingresos en relación de dependencia, o estén inscriptos en el Sistema Integral Previsional Argentino (SIPA) como trabajadores autónomos.

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Vale tener presente que Desarrollo Productivo podrá definir otros sujetos no comprendidos en el presente Programa.
 

3) ¿Qué montos se pueden solicitar?

 

El Crédito a Tasa Cero 2021 consistirá en una financiación cuyo importe, según cada categoría del Monotributo, no podrá exceder de:

  • $ 90.000 para monotributista de categoría A;
  • $ 120.000 para monotributistas de categoría B y
  • $ 150.000 para las restantes categorías.

 

4) Si un monotributista está pagando un crédito similar ¿Puede volver a solicitarlo?


En el caso de monotributistas que no se encuentren en mora en el cumplimiento de sus obligaciones ni en las condiciones de vigencia de los beneficios que les fueran acordados, así como tampoco se encuentren con ejecución en trámite, o se les hubiera ejecutado la garantía del Fondo de Garantías Argentino (FoGAr), podrán acceder al nuevo crédito en las mismas condiciones que quienes no hayan accedido en 2020.

En el caso de quienes hubieran obtenido un Crédito a Tasa Cero en el marco del Programa ATP y se encuentren en mora en el cumplimiento del crédito 2020, deberán destinar el monto del nuevo crédito a cancelar la totalidad del monto adeudado y podrán gozar libremente del saldo, si quedare remanente.

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Por su parte, los monotributistas que hubieran obtenido un Crédito a Tasa Cero en 2020, respecto de las o los cuales, la entidad financiera otorgante del crédito hubiera iniciado la ejecución o ejecutado la garantía del Fondo de Garantías Argentino (FoGAr), estarán excluidas y excluidos del nuevo beneficio.

En este sentido, el FoGAr podrá establecer pautas especiales para la obtención de una refinanciación sobre el saldo de capital del crédito adeudado.
 

5) ¿Pueden comprar dólares oficiales quienes tienen un crédito de este tipo?

 

Los beneficiarios y las beneficiarias del nuevo programa, hasta la cancelación total de la financiación, no podrán acceder al Mercado Único y Libre de Cambios para realizar operaciones correspondientes a la formación de activos externos.

Tampoco podrán concertar ventas en el país de títulos valores con liquidación en moneda extranjera, o canjes de títulos valores por otros activos externos o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior.

LR