La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió este 31 de agosto y hasta el 30 de septiembre la vigencia de diversos beneficios para personas y empresas, en el marco de la emergencia sanitaria que plantea la pandemia de COVID-19.
Entre los beneficios, el ente prorrogó por un mes la suspensión de los embargos para las pymes y extendió la decisión de no iniciar ejecuciones fiscales mediante la Resolución 4806/2020.
De igual modo, la AFIP dispuso en la Resolución 4802/2020 mantener durante el mes que viene un conjunto de medidas referidas a los planes de facilidades de pago, entre ellas:
Esto no les gusta a los autoritarios
El ejercicio del periodismo profesional y crítico es un pilar fundamental de la democracia. Por eso molesta a quienes creen ser los dueños de la verdad.
Hoy más que nunca Suscribite
- Planes de Facilidades de Pago Permanentes: se extienden los beneficios en materia de tasas de interés, cantidad de cuotas y calificación de riesgo previstos para la "adhesión temprana" a planes permanentes.
- Condiciones para regularizar obligaciones: no se considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) de las personas humanas que tramiten planes para regularizar obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales.
Garantiza la posibilidad de regularizar esas obligaciones en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%, sin que los contribuyentes se vean condicionados por su perfil de riesgo. - Régimen de facilidades de pago de planes caducos: se prolonga la adhesión al nuevo régimen de facilidades de pago que permite regularizar las obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social provenientes de planes caducos. La medida alcanza a empresas, monotributistas y autónomos.
Ambas resoluciones se publicaron este lunes en el Boletín Oficial.
LR / NA