ECONOMIA
Inclusión financiera

Cepo a las criptomonedas: "Cercena elementales garantías y libertades" según el Colegio de Abogados

El Banco Central de la República Argentina dispuso que las billeteras virtuales no puedan realizar ni facilitar a sus clientes operaciones con criptomonedas. 

Colegio público de abogados de la Ciudad de Buenos
Colegio público de abogados de la Ciudad de Buenos | Google Street view

El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires expresó su preocupación por la determinación disputada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) a través de la que los proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago no podrán realizar ni facilitar a sus clientes operaciones con criptomonedas. 

Para el organismo, la medida constituye una nueva limitación a las operaciones con activos digitales para prestadores y usuarios del sistema financiero y de pagos. “La Comunicación “A” 7759 del BCRA conlleva una grave limitación respecto de iniciativas legítimas que posibilitan innovación, inversión, inclusión financiera y empleo genuino en el país”, destaca el documento. 

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Por último, el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires “exhorta” a las autoridades competentes a revisar esta medida que, “a contramano de la innovación y el desarrollo, cercenan elementales garantías y libertades de los habitantes de la Nación y, a su vez; vulneran el derecho constitucional de múltiples compañías y emprendedores a trabajar, comerciar y ejercer una industria lícita”, reza el documento.

Es importante destacar que la innovación y el desarrollo son fundamentales para el crecimiento económico y la creación de empleo en el país, y que las restricciones a las operaciones con activos digitales pueden tener un impacto negativo en la economía en general.

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La promoción de un diálogo constructivo entre las autoridades y los actores del sector financiero y de pagos para encontrar soluciones que permitan el desarrollo de nuevas tecnologías y la inclusión financiera, sin comprometer la estabilidad del sistema financiero y la protección de los usuarios. 

La medida del BCRA

La normativa desalienta a efectuar este tipo de operaciones por sí mismos ni ofrecer iniciarlas desde sus aplicaciones o plataformas web a través botones de compra automatizados para el usuario. Las personas interesadas deberán realizar la operación por su cuenta. 

La medida dispuesta por el BCRA “procura mitigar los riesgos que las operaciones con estos activos podrían generarles a las personas usuarias de servicios financieros y al sistema nacional de pagos”, sostuvo la entidad.

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Esta nueva norma para los PSPCP se equipara con las restricciones que ya tenían las entidades financieras deben cumplir desde mayo de 2022.

“En mayo de 2021, el Banco Central y la Comisión Nacional de Valores (CNV) publicaron una alerta a efectos de proveer información sobre eventuales implicancias y riesgos que los criptoactivos pueden acarrear, así como recomendar una actitud prudente a fin de mitigar una eventual fuente de vulnerabilidad para las personas usuarias e inversores”, sostuvo la entidad monetaria.

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