ECONOMIA
Pandemia de Coronavirus

Hasta el 30 de junio se podrá presentar la declaración jurada de Ingresos Brutos

Se resolvió postergar el vencimiento previsto originalmente para el 15 de mayo, atentos a la situación de emergencia sanitaria provocada por el coronavirus.

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Pago de sueldos | Cedoc

Las empresas que debían presentar su declaración jurada correspondiente al pago del impuesto a los Ingresos Brutos por las actividades realizadas durante el periodo fiscal 2019, podrán hacerlo hasta el 30 de junio próximo, tal como lo establece la resolución 15/2020 publicada este martes 5 de mayo en el Boletín Oficial.

La resolución 15/2020 resolvió postergar el vencimiento previsto originalmente para el 15 de mayo próximo, en virtud de la situación de emergencia sanitaria provocada por el coronavirus Covid-19, y a que distintas cámaras empresariales y asociaciones de profesionales solicitaron una prórroga.

La declaración jurada de Ingresos Brutos se efectiviza a través de la presentación del formulario CM05, que contiene la exteriorización de las bases imponibles y los pagos a cuenta en cada una de las jurisdicciones provinciales en las cuales el contribuyente realiza actividades.

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Por otra parte la declaración jurada también incluye los estados contables cerrados en el último ejercicio, con los respectivos ingresos y gastos de cada contribuyente.

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