A partir de enero de 2023, los montos que surjan de la actualización, según la modalidad prevista por la normativa vigente en el régimen de monotributo, serán un 72,48% más alto que durante el primer semestre de este 2022.
De esta forma, la facturación anual máxima será de $8.040.975 si el contribuyente se dedica al comercio, en tanto que el tope será de $5.650.415 si la actividad desarrollada es la prestación de servicios.
Asimismo, el porcentaje de actualización que tendrán los límites de facturación del monotributo será de 33,55%, al sumar el índice de movilidad jubilatoria de septiembre y diciembre, y llevará a $5,6 millones el máximo para que los profesionales puedan seguir en el régimen simplificado.
Cabe recordar que el monotributo tuvo a mitad de este año una actualización de los montos que se hizo según la movilidad del primer semestre.
En concreto, el Congreso aprobó que el índice de 29,12% fuera el nivel de reajuste para los ingresos permitidos en las categorías de la D a la K. En cambio en las categorías de ingresos más bajos los incrementos fueron bastante mayores.
Para las categorías A, B y C la suba fue de 60,53%, y para la D, de 44,82%.
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Cómo quedarán las categorías
Las categorías A a la C tendrán 114,39% y pasarán a $999.689, $1.486.024 y $2.080.433 aproximadamente, en cada caso, con promedios mensuales de $83.307, $123.835 y $173.369 en forma respectiva.
De este modo, las personas que están más abajo en la escala de ingresos no perderán con la inflación.
En tanto, la categoría D tendrá una actualización de 93,42% y el monto tope quedará en $2.583.802 (un promedio mensual de $215.317).
El resto de las categorías hasta la K, se indexarán sólo por el 72,44%, por debajo del aumento del costo de vida.
RM