ECONOMIA
Tarifas y divisas

No podrán comprar dólar oficial, MEP ni "contado con liqui" quienes reciban subsidios a la energía

Lo formalizó el Banco Central en su Comunicación A7606. Aplica a los beneficiarios de tarifas de electricidad, agua y gas natural.

Banco central 20210528
BCRA | CEDOC

Tras semanas de rumores, el Banco Central confirmó que las personas que hayan solicitado el subsidio en los servicios de electricidad, agua y gas natural no podrán comprar ningún tipo de dólar oficial.

De acuerdo con la circular A7606, la entidad financiera nacional estableció que aquellos usuarios de los servicios públicos que hayan solicitado los subsidios y lo hayan obtenido, como así también aquellos que lo hayan recibido de manera automática tendrán limitaciones al momento de comprar moneda extranjera.

En ese sentido, el comunicado oficial explica que no podrán, mientras mantengan el beneficio, “acceder al mercado de cambios para realizar compras de moneda extranjera por parte de personas humanas para la formación de activos externos de residentes, remisión de ayuda familiar y por operaciones con derivados”, según se establecen en el punto 3.8 de la norma “Exterior y Cambio”. De esta manera, no tendrán acceso al dólar ahorro, el MEP y el CCL (“contado con liqui”).

Además, el Banco Central modificó los requisitos para el pago de servicios prestados por no residentes. Así, establece que “el cliente accede en forma simultánea con la liquidación de un nuevo endeudamiento financiero con el exterior con una vida promedio no inferior a los 180 (ciento ochenta) días y como mínimo el 50% del capital tenga vencimiento con posterioridad a la fecha de prestación efectiva del servicio más un plazo de 90 (noventa) días”. 

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El comunicado agrega: “El cliente accede en forma simultánea con la liquidación de un nuevo endeudamiento financiero con el exterior con una vida promedio no inferior a los 180 (ciento ochenta) días y como mínimo el 50% del capital tenga vencimiento con posterioridad a la fecha de prestación efectiva del servicio más un plazo de 90 (noventa) días”.

 

Qué pasa con los beneficiarios de las asignaciones 

Según la información que ya había brindado el Banco Central, las personas que reciben Asignación Universal por Hijo (AUH) o hayan recibido el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) no pueden acceder al cupo de US$200. 

La misma norma se aplica a quienes hayan sido beneficiarios de la Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) durante la pandemia

RdC / MCP