ECONOMIA
Boletín Oficial

Pago de salarios: cuáles son los nuevos límites para acceder al programa Repro II

Mediante la Resolución 1119/2020, el Ejecutivo consideró necesario "realizar modificaciones, adaptaciones y aclaraciones que coadyuven al proceso de implementación" del Programa.

La industria sigue castigada en materia de empleo.
La industria sigue castigada en materia de empleo. | NA

El Gobierno dispuso este lunes 4 de enero una serie de modificaciones para otorgar el Programa Repro II, y estableció también que ese beneficio se otorgará por un mes y no por dos, como sucedía hasta ahora.

A través del Repro II, el Estado Nacional otorga una suma mensual de 9 mil pesos por cada relación laboral activa de la empresa beneficiaria.

Por medio de la Resolución 1119/2020 del Ministerio de Trabajo, publicada este lunes en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo consideró necesario "realizar modificaciones, adaptaciones y aclaraciones que coadyuven al proceso de implementación" del Programa.

Esto no les gusta a los autoritarios
El ejercicio del periodismo profesional y crítico es un pilar fundamental de la democracia. Por eso molesta a quienes creen ser los dueños de la verdad.
Hoy más que nunca Suscribite

Así, no podrán acceder a este beneficio los empleadores del transporte de pasajeros urbano y suburbano que perciban subsidios del Estado Nacional, ni las instituciones educativas privadas que reciban subsidios del Estado Nacional, Provincial o Municipal que representen más de un 50% de las remuneraciones de sus trabajadores.

Hasta el 8 de enero las empresas pueden inscribirse para solicitar los créditos a tasa subsidiada y Repro II para pago de salarios

En este último caso, si el subsidio es inferior a ese valor, percibirán un porcentaje del beneficio total del programa equivalente a la proporción del salario que abona efectivamente la institución educativa, excluyendo el subsidio.

 

 

El monto del beneficio resultante no podrá ser superior al valor de la remuneración neta salario que abona la institución educativa, excluyendo el subsidio por parte del Estado.

De acuerdo con la resolución, las empresas que sean obligadas por parte de la AFIP a reintegrar las sumas correspondientes a las prestaciones del Programa ATP, tampoco podrán acceder al Repro II.

Además, las empresas que cuenten con menos de 800 trabajadores, para acceder al Repro II deberán actualizar la información correspondiente al pasivo y al patrimonio neto cada tres meses.

En este caso, la información correspondiente al activo corriente y al pasivo corriente deberá presentarse mensualmente, y la falta de cumplimiento de esta carga provocará la caducidad del beneficio.

La actividad metalúrgica creció por tercer mes consecutivo

Por último, el Gobierno estableció que el beneficio se extenderá por un mes y no por dos, por lo cual empleadores deberán inscribirse en el Programa en forma mensual para poder acceder.

A fines de diciembre el gobierno definió que el programa seguirá vigente en 2021 para el pago de salarios.  Para acceder a la asistencia de $ 9.000  por trabajador para completar los salarios, las empresas son evaluadas “de forma más exhaustiva a través del seguimiento de un conjunto de datos básicos referidos a su liquidez, patrimonio y otras variables" por el Ministerio de Trabajo como condición para el acceso al beneficio”, tal como indicó oportunamente el ministerio de Economía.

LR