ECONOMIA
Impuestos bonaerenses

Planes de pago de ARBA: ahora se podrán incluir deudas vencidas el 31 de diciembre de 2021

Hoy se publicó en el Boletín Oficial de la provincia bonaerense la resolución que reglamenta modificaciones y cambios en los planes de pago, con más facilidades. Qué impuestos se incluyen y qué pasa con las deudas en estados judicial.

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Pago vencimiento de impuesto ARBA | ARBA

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) informó a los contribuyentes bonaerenses que se podrán incluir en los planes de pago permanentes deudas hasta el 31 de diciembre de 2021.

Vale recordar que hasta ahora, el beneficio era para compromisos vencidos al 31 de agosto del mismo año. Sin embargo, de acuerdo a la resolución normativa 07/22 de ARBA publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, el plan permanente de regularización estará vigente desde el próximo 4 de abril y se extenderá a los impuestos Inmobiliario (Básico y Complementario), Automotores, Embarcaciones Deportivas, Ingresos Brutos y Sellos.

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Hasta el momento, el programa permanente sólo incluía la posibilidad de regularizar deudas devengadas al 31 de agosto de 2021, por lo que su extensión hasta el final de diciembre permitirá financiar una mayor cantidad de cuotas impagas.

Qué deudas se pueden sumar a los planes de pagos de ARBA

Tal como informó ARBA, abarcará:

  • las deudas con el fisco bonaerense vencidas al 31 de diciembre de 2021,
  • ya sea en etapa prejudicial o judicial,
  • o bien en proceso de fiscalización, y
  • también comprenderá a todos los planes de pago que se encuentren caducados a esa fecha.

Qué cantidad de cuotas pueden incluir los planes de pagos

  • Las deudas prejudiciales contarán con opciones de pago de hasta 60 cuotas
     
  • Las deudas que están en proceso de fiscalización o en instancia judicial llegará a un máximo de 48 cuotas, ampliando las facilidades que existían anteriormente y en todos los casos, se requerirá abonar un anticipo del 5%.
     
  • Respecto de las medidas cautelares que enfrentan quienes se encuentran en etapa judicial, se establece en la resolución que, para lograr el levantamiento, deberán regularizar la totalidad de la deuda y tener abonado un importe equivalente al 10% del plan.

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Para conocer más detalles del programa, realizar consultas o tramitar su adhesión a través de la web, los contribuyentes deberán ingresar en arba.gob.ar, mientras que para los que prefieran la gestión presencial, tendrán la opción de concurrir a cualquiera de los centros de servicio de la Agencia de Recaudación. .

El titular de ARBA, Cristian Girard destacó que "se trata de un beneficio muy importante que favorecerá en especial a las pymes y contribuyentes de ingresos bajos y medios, ya que en los programas anteriores para lograr el levantamiento de las medidas cautelares se necesitaba tener abonado el 30% del total del plan".

"Ahora, cumpliendo solamente con el pago del 10% de la deuda regularizada podrán levantar las cautelares y disponer de esos fondos o activos que se encontraban inmovilizados", explicó el director de ARBA.

LR