ECONOMIA
cargo ilegal en la facturación

Por qué Telefónica tendrá que pagar a sus usuarios más de $20.000 millones

La justicia federal falló en contra de la compañía en una causa por un cobro ilegal en la facturación de tres millones de clientes. Se trata del "Servicio de Valor Agregado de Telefónica Básica (SVA-TB)".

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Empresa Teléfonica. | shutterstock

La justicia federal falló contra la empresa Telefónica, la cual deberá pagar más de $20.000 millones a tres millones de usuarios de todo el país, por la imposición de un cargo ilegal en la facturación desde 2014 sin consentimiento de los consumidores.

La sentencia del Juzgado Federal N° 2 de La Plata en la causa colectiva que inició el Centro de Orientación Defensa y Educación del Consumidor (Codec) contra Telefónica de Argentina, declaró "la nulidad del cobro del Servicio de Valor Agregado de Telefónica Básica (SVA-TB)".

Desde Telefónica indicaron a Télam que su equipo de Legales está trabajando sobre el caso.

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"En una condena con pocos antecedentes jurídicos, el Juzgado Federal N°2 de La Plata, ordenó a la empresa Telefónica S.A. pagar más de $20.000 millones a tres millones de usuarios de todo el país", indicó Codec en un comunicado.

El SVA-TB, según explicó Codec, "no se correspondía en realidad con ningún servicio, sino que era una suerte de derecho a acceder a servicios de valor agregado que era cobrado independientemente de adquirir alguno de esos servicios".

Desde Codec, afirmaron que, según la pericia en la causa "la empresa cobró este cargo hasta mediados del año 2022, e incluso en algunos casos lo seguiría haciendo hasta la actualidad".

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Los detalles de la causa

En tanto, el juez a cargo de la causa, Alberto Osvaldo Recondo, explicó el modus operandi de la compañía: “Se impone el pago de un abono que me da derecho a acceder a una serie de servicios que nunca pedí, que quizás nunca active y que posiblemente si los tenía activos tenían un costo inferior, conforme surge de la prueba pericial que detalla el costo de los servicios en junio de 2014 (...) y se me brinda una información parcializada y confusa lo que atenta contra el derecho a una información clara y veraz”.

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Y agregó que “el daño ha operado en millones de usuarios en todo el país y dicha conducta se mantuvo durante un periodo muy extenso de tiempo, pese a que la Comisión Nacional de Comunicaciones, ya desde finales del año 2014, había requerido el cese del cobro del rubro por ser contrario al régimen legal y la devolución de lo facturado a los usuarios. La demandada continuó con su conducta abusiva y la prolongó en el tiempo, incrementando las ganancias de la empresa tal como surge de la pericia contable, ello en desmedro de los intereses patrimoniales de los usuarios”.

En este marco, se ordenó: “La devolución de las sumas se realizará como crédito a favor de los usuarios a través de las facturaciones respectivas, pudiendo ser aplicables a cualquier servicio que brinde la demandada, como ser servicios de internet o telefonía móvil, en tanto es sabido que el servicio de telefonía fija domiciliario se encuentra en franco desuso”.

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“En aquellos casos en los que se trata de un usuario que ha dejado de ser cliente de la empresa, deberá la demandada proceder a la devolución de las sumas en dinero en forma directa acreditándolo en el expediente”, añadió.

El monto, con los intereses hasta 2022, alcanza los $10.000 millones, a lo que se suma una multa del 25% sobre el capital cobrado por $5.000 millones. Además, Telefónica debe abonar una multa en concepto de daño punitivo. 

Estos montos se actualizarán hasta que se realice la devolución, aplicándose una tasa de interés activa del Banco Nación multiplicada por 1,5.

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La base de la denuncia es que la imposición del cargo viola la ley de Defensa del Consumidor, que en su artículo 35 prohíbe la "propuesta al consumidor, por cualquier tipo de medio, sobre una cosa o servicio que no haya sido requerido previamente y que genere un cargo automático en cualquier sistema de débito, que obligue al consumidor a manifestarse por la negativa para que dicho cargo no se efectivice".

LD