ECONOMIA
Asistencia salarial

Repro II: se definieron las fechas de inscripción para pago de salarios de julio

El Gobierno informó que la inscripción al programa estará abierta entre el 23 y el 29 de este mes. ¿Cuáles son las pautas a considerar para aplicar?

 Pymes - Repro II
Pymes - Repro II | Telam

Desde el Gobierno informaron que la inscripción al Programa Repro II para el pago de los salarios de julio podrá realizarse entre el 23 y el 29 de este mes. Por lo tanto las empresas que requieran asistencia estatal para abonar sueldos tendrán que presentar la documentación requerida entre esas fechas. 

Qué empresas pueden inscribirse al Repro II

Asimismo, el Poder Ejecutivo dispuso cuáles son las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección. En ese sentido, los requisitos son: 

  • Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la AFIP: junio de 2019 y junio de 2021.
  • Altas empresas: no se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.
  • Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: mayo 2021.
  • Corte de actualización de bajas de nómina: 22 de julio.
  • Corte de actualización CBU: 22 de julio inclusive.

Cabe señalar que para gestionar el beneficio, las empresas deberán pertenecer al sector privado, no recibir subsidios del sector público y realizar una actividad incluida en la nómina de sectores críticos y afectados no críticos, o pertenecer al área de salud.

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Repro II: cuáles son las empresas exceptuadas de pagar contribuciones patronales

Por otro lado, se determinó que durante esos días se habilitará la inscripción al "Programa de Asistencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos", para el período correspondiente a este mes. Quienes lo gestionen deberán presentar una reducción de la facturación superior al 20% en términos reales, para el periodo comprendido entre junio 2021 y junio 2019.

Para finalizar, el Ministerio de Trabajo señaló que "con el objeto de permitir que el universo de potenciales sujetos alcanzados puedan acceder los beneficios establecidos" en ambos Programas, "se estima necesario establecer el plazo para la inscripción para el período correspondiente a los salarios devengados en julio de 2021, a través del servicio web del Programa, en la página web de la AFIP, y las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Programa Repro II".

 

 

RM