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Derechos de autor

El arte creado por inteligencia artificial no tiene copyright, sentenció un fallo judicial

CEO tecnológico inició demanda porque no dieron el copyright a una obra creada con inteligencia artificial en una máquina que él desarrolló.

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Stephen Thaler, CEO de Imagination Engines, y la demanda que hizo porque no le dieron copyright a la inteligencia artific | Cedoc Perfil

El arte creado por inteligencia artificial no tiene copyright . Esto dictaminó un fallo judicial fechado el 18 de agosto de 2023 , firmado por Beryl A.Howell, juez del juzgado de Columbia. La importante del copyright (derecho de autor) en lo producido por inteligencia artificial será sin duda, en un futuro inmediato, el  gran tema a discutir.

De hecho, a poco de iniciada la huelga de autores y guionistas de Hollywood el pasado 14 de julio, el uso de la inteligencia artificial para producir guiones fue uno de los puntos centrales. Y fue entonces cuando uno de los directivos de la industria planteó un debate a discutir entre ambas partes respecto al copyright de los guiones que se produzcan de manera conjunta. Es decir, qué porcentaje corresponderá a guionistas y qué porcentaje a lo producido por inteligencia artificial; y quién se queda con ese porcentaje.

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Fragmento de la obra creada por inteligencia artificial, centro de la demanda judicial por el copyright.

Harrison Ford, la inteligencia artificial e Indiana Jones 2023. 

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El fallo que determinó que el arte creado por  inteligencia artificial no tiene copyright se dio en una demanda que inició Stephen Thaler, titular de Imagination Engines, y dueño de un sistema de inteligencia artificial, Creativity Machine (Máquina de la creatividad). Esta máquina de inteligencia artificial, explicó Thaler, es “autora” de Un nueva entrada al paraíso, una obra de arte "creada de forma autónoma por un algoritmo informático que  ejecuta Creativity Machine". Thaler se propuso registrar dicha obra ante la Oficina de Derechos de Autor, estipulando que el copyright le corresponde a su máquina, pero que el beneficio económico que pudiera resultar de esa obra, se le transfieran a él por ser el propietario del dispositivo tecnológico.

Una negativa a su solicitud fue lo que recibió Stephen Thaler de la parte de la Oficina de Derechos de Autor. ¿El motivo? Dicho organismo consideró que esa obra carecía de un requisito básico: no tenía autoría humana alguna. Como Thaler no aceptó la respuesta y presentó la demanda. Y como señala el juez Beryl A. Howell en un fragmento inicial del fallo, esta situación planteó la siguiente cuestión: ¿Un trabajo generado en su totalidad por un sistema artificial y sin participación humana, califica para tener copyright (derecho de autor) o no?

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"los derechos de autor no fueron diseñados para alcanzar a lo que no es humano", dice el fallo.

La inteligencia artificial, presente en el reclamo de los guionistas y actores de Hollywood

Para Thaler, la negativa a otorgar el copyright de la obra a Creativity Machine era  “arbitraria, caprichosa, no conforme a la ley, (…), y es un exceso de la autoridad legal” por parte de la Oficina de Derechos de Autor. Para el juez Beryl A.Howell, el organismo mencionado “no se equivocó al denegar la solicitud de registro de derechos de autor (…) La ley de derechos de autor de los Estados Unidos protege únicamente las obras de creación humana.” El juez Beryl A. Howell deja en claro con argumentos  varios que “copyright”  es sinónimo de creación humana y ese concepto sigue vigente aún cuando la ley de derechos de autor evolucionó. Y si bien, como ya se mencionó, falló a favor de la Oficina de Derechos de Autor, dedica un párrafo respecto a la inteligencia artificial y los derechos de autor.

“Sin duda, estamos acercándonos a nuevas fronteras en cuanto a derechos de autor a medida que los artistas incorporan la inteligencia artificial como una herramienta más  en la creación de nuevas obras visuales y artísticas”, escribió el juez Howell. “Esto generará preguntas desafiantes sobre cuánto aporte humano es necesario para calificar  de ‘autor’ a quien use de un sistema de inteligencia artificial en su obra. También cuál será alcance de la protección legal sobre la obra resultante; cómo evaluar la originalidad de las obras generadas por inteligencia artificial si esos sistemas pudieron haber sido ‘educados’ en base a obras preexistentes desconocidas”.