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de las buenas intenciones a la accion

Drogas: hay que cambiar la ley actual de estupefacientes

Para el autor, el acuerdo nacional Argentina sin Narcotráfico es un paso adelante, que precisa de políticas concretas y una lectura del fenómeno acorde con un negocio que continuamente se transforma y se perfecciona.

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Medidas. La ministra Patricia Bullrich tuvo un rol protagónico en los anuncios del presidente Macri de esta semana. Para Gorgal, es preciso una ley que talibanice el tema del | Prensa ministerio de seguridad
El acuerdo nacional Argentina sin Narcotráfico será un punto de inflexión en la política hacia las drogas, y no una foto más, si el consenso se materializa en dos iniciativas que fueron las grandes ausentes del encuentro: el reemplazo de la actual ley de estupefacientes y un pacto de financiamiento de las políticas hacia las drogas para los próximos diez años.  

En efecto, en un país donde la única agenda es la del corto plazo, tanto la convocatoria del Gobierno a dicho acuerdo como la asistencia de casi todo el arco opositor es un hecho que merece el más estruendoso aplauso. Sin embargo, dichos gestos y discursos conducirán efectivamente a que Argentina comience, de una vez por todas, a contar con una política apropiada en la materia si –primero y fundamentalmente– se traducen en dos acuerdos básicos.

Primero, un acuerdo por el reemplazo de la ley 23.737 de estupefacientes por un marco legal que siente modernas y efectivas bases jurídicas, institucionales y doctrinales con arreglo a las cuales se diseñen, implementen y controlen las políticas de drogas. Aunque pocas veces, la dirigencia ha generado consensos nacionales sobre asuntos relevantes. Por caso, el entendimiento en torno a la seguridad interior y la defensa nacional que se tradujo en las respectivas leyes 24.059, de 1991, y 23.554, de 1988. Es a través de acuerdos expresados en leyes –y no de reuniones protocolares– que se generan acciones transformadoras sostenibles.

Segundo, un acuerdo por un pacto de financiamiento de las políticas de drogas que dote de “dientes” y “garras” a las buenas intenciones expresadas en los documentos. Un ejemplo de ello fue la ley 26.075 de financiamiento educativo, que estableció un incremento paulatino del presupuesto para la educación hasta alcanzar el 6% del PBI, con una distribución del esfuerzo entre las provincias y la Nación.

La nueva ley de drogas. Respecto del primer acuerdo, Argentina requiere sentar nuevas bases para dar cuenta de un problema que nada tiene que ver–en su alcance, naturaleza y complejidad– con el existente en septiembre de 1989, cuando se sancionó la actual ley de estupefacientes.

Esta ley ha sido derogada parcialmente por la realidad, por otras leyes (26.061 de salud mental, la 26.912 de dopaje, etc.) y por declaraciones de inconstitucionalidad hechas sobre aspectos relevantes (consumo privado, tenencia para consumo, autocultivo de cannabis, hojas para coqueo, etc.). Así, es una ley “talibanizada”, que se aplica con criterios dispares y se justifica en el pasado del problema, pero no en su presente, ni mucho menos en su futuro. Por ello, su vigencia llama la atención tanto como la innumerable cantidad de proyectos que circulan para emparcharla.

La nueva ley debe partir de un cabal entendimiento del problema, el cual no se reduce al narcotráfico, sino que comienza en los daños individuales y sociales asociados con el consumo de drogas. Estos implican, primero, riesgos sobre la salud del consumidor, con daños potenciales irreparables en las habilidades humanas básicas estrechamente relacionadas con la capacidad de ejercer derechos y deberes jurídicos. Segundo, a nivel social, implican deterioros en los niveles de morbilidad, mortalidad y de violencia; debilitamiento de la estructura familiar, con su consecuencia en la población infanto-juvenil; déficit en el desempeño escolar y reducción de productividad laboral; pérdida de capital humano y social; deterioros en la distribución del ingreso y la equidad; entre otros daños.

Por ello, uno de los pilares de la nueva ley debe ser la definición de principios, objetivos y acciones comunes a los gobiernos nacional, provinciales y municipales para que desarrollen coherentemente políticas de prevención, tratamiento y reinserción social del adicto orientadas a reducir la demanda de drogas. Mediante la adhesión a la ley, deberían adoptarse estándares mínimos para el diseño de políticas integrales que trabajen sobre los factores de riesgo que promueven la propensión al consumo, morigeren las vulnerabilidades y aumenten la resiliencia social frente al problema, entre otros.

La existencia de políticas efectivas para la reducción de la demanda es una condición sine qua non para incrementar la efectividad en la represión del narcotráfico. Cuanto menos consumidores haya, que consuman menos cantidad de drogas, menor será el tamaño del mercado. Entonces, menores serán las ganancias del traficante y fácil será perseguirlo.
En Argentina el problema de las drogas explotó porque, cual epidemia, en poco tiempo creció mucho la propensión a consumir drogas en la población, ante la omisión e impericia del Estado en prevenir eso, por un lado, y en dificultar que traficantes lleguen a los consumidores fácilmente y con sustancias “competitivas” en precio y calidad, por otro.
Entonces, el segundo pilar de la nueva ley debería implicar un cambio de paradigma en materia de represión del narcotráfico. En este sentido, la nueva arquitectura penal debe ser tan precisa y sofisticada como realista y flexible, para responder a la escala y complejidad del problema presente, pero también del futuro posible.
Por ello, necesitamos adoptar un esquema coherente e integral (ver recuadro) que contenga a todos los tipos penales que reflejen las aristas del negocio del narcotráfico, un régimen penal administrativo para hacer cumplir ciertas regulaciones sobre la industria formal, y disposiciones contravencionales para algunas situaciones que merecen sanción, aunque no penal.

Administrar o transformar. Para todo esto, el Gobierno debe adoptar una definición estratégica en materia de seguridad y drogas: ser un gobierno administrador –prolijo, correcto, pero administrador al fin– o ser uno transformador.  
Optar por lo primero es peligroso, pues en Argentina no sólo padecemos del delito común y del delito organizado, como el resto de los países, sino también del “delito patrocinado”. Por ello, acordar una política de drogas debe significar –primero y fundamentalmente– acordar el reemplazo de la ley 23.737 y la adopción de un pacto de financiamiento de estas políticas. Caso contrario, seguiremos administrando un problema de gravísimas consecuencias sociales

*Politólogo.