ELOBSERVADOR
El negocio del adiós

La industria de la muerte

En los últimos diez años los servicios funerarios duplicaron su precio. Los valores de los más simples parten de los $ 150 mil. En el caso de las ceremonias religiosas, el piso puede ser de 4 mil dólares, e incluso piden hasta 25 mil. En un momento de vulnerabilidad, se solicitan grandes cantidades de dinero, mientras que en otra habitación hay un cuerpo esperando. La industria de la muerte.

2022_11_13_industria_muerte_sergiopiemonte_g
En un momento de vulnerabilidad, se solicitan grandes cantidades de dinero, mientras que en otra habitación hay un cuerpo esperando. | SERGIO PIEMONTE

El momento del entierro de un ser querido es, sin dudas, difícil. Como si no fuera suficiente cargar con el pesar, una larga serie de decisiones deben ser tomadas para el descanso de los restos. La industria de la muerte aprovecha el deseo de los familiares, que quieren darle a sus amados una ceremonia honrada de despedida, para operar como lo que es: un negocio. Se ofrecen toda clase de promociones y paquetes, como si se tratara de un 2x1 en un Black Friday. Desde Ahora/ 12, féretros de mil colores y materiales, arreglos florales al gusto, y promociones con tarjetas de crédito. Gratuito o costoso, entierro o cremación, servicios simples, premium, funeral ecológico, militar o para mascotas; las opciones son infinitas.

En una funeraria de alta categoría el servicio más básico no incluye velatorio. El paquete otorga un ataúd clásico, un “homenaje virtual”, el traslado y el entierro. Dicha promoción sale $170 mil. El paquete “premium”, que supone un ataúd de álamo, que es el más económico, ceremonia velatoria y posterior entierro en el Cementerio de Chacarita, escala a $ 520 mil. Además, ponen a disposición un desayuno completo, un bouquet de flores, y no se prestan autos de acompañamiento, que sí se pueden agregar a solicitud con su consecuente incremento del presupuesto. Para cremación y urna hay un recargo de $ 50 mil. El precio del servicio cambia de acuerdo con la elección del féretro, con más de diez opciones que se presentan a modo de catálogo. El último y mejor modelo es tipo cofre, de cedro y con herrajes de bronce y baño de plata; su precio es de $ 6 millones. 

Si el destino es, en cambio, un Jardín de Paz, la historia es muy distinta. Al ser propiedad privada, la parcela se debe arrendar aparte. La más sencilla sale $ 250 mil. Es decir que, el total, servicio más parcela, escala a $ 770 mil. A recordar: el más económico. Para mantener la propiedad del espacio se debe pagar una cuota mensual de $ 4.500. El valor de la parcela se abarata cuanto más lejos se ubique de la entrada.

Esto no les gusta a los autoritarios
El ejercicio del periodismo profesional y crítico es un pilar fundamental de la democracia. Por eso molesta a quienes creen ser los dueños de la verdad.
Hoy más que nunca Suscribite

Si hablamos de un Jardín un poco más sofisticado, el espacio más económico sale u millón de pesos. Aclaran, ante semejante precio, que cuentan con el programa de financiación Ahora/12, transferencia bancaria directa, que puede realizarse con una tarjeta que permita tal movimiento, o se aceptan, también, varias transferencias desde diferentes cuentas. Cada parcela incluye lugar para tres ataúdes, y, el primero, como promoción, tiene la placa incluida, que los posteriores deberán abonar aparte. Al total, se le debe agregar una tasa municipal de $ 14 mil. Las parcelas más caras se encuentran cerca de la entrada del Jardín, o cerca de la capilla. El precio más alto es de $ 9 millones. En resumen: el servicio más económico en una funeraria de alta categoría, con una pequeña ceremonia en el destino, ronda entre los $150 y $ 170 mil; en cambio, el más caro, entre parcela y servicio, es de $ 15 millones. 

**

Si hablamos de una empresa de costo medio, un servicio completo “de cuatro estrellas” sale entre $ 125 a $ 150 mil. La sepultura y la cremación tienen el mismo precio. El paquete incluye el retiro del cuerpo, la instalación en un depósito hasta la espera del día siguiente cuando se realizará, por la mañana o el mediodía, el traslado. También ofrecen la carroza fúnebre, y urna o ataúd, según corresponda. El arrendamiento para la sepultura es de cinco años, y para nicho, con un incremento en el precio de $ 20 mil, de entre diez a 15 años. Cuentan con tres cuotas sin interés.

Para realizar la cremación con la compañía es necesario acreditar parentesco, con Libreta de Nacimiento o Casamiento, excepto que, en vida, la persona haya acreditado que deseaba una cremación voluntaria. Los sobrinos no pueden hacer el trámite, debe ser un familiar más cercano. Si por alguna razón no encontraran los documentos necesarios que demuestren la relación, la cremación se puede realizar sin acreditación de vínculo en un parque privado por un adicional de $ 10 mil, y mediante una declaración jurada. Si hubiese algún inconveniente legal, la persona responsable sería la que haya firmado la declaración. Los costos pueden subir según la contextura física de la persona; la pregunta sobre el tamaño del cuerpo es una de las primeras que realizan. 

Para que no intervenga la Morgue Judicial, el fallecimiento tiene que haber ocurrido en una clínica u hospital. Algunas funerarias tienen planes especiales de PAMI que van desde los $ 75 mil con una “factura para el reintegro”, y otras también incluyen responso los domingos. Dentro del Cementerio de Chacarita, un sacerdote realiza una misa que no excede los cinco minutos porque, de acuerdo a un empleado de una de las funerarias consultadas, que no quiso dar su nombre, “hay varias ceremonias”. “La familia puede llevar a un cura, paramos en alguna calle linda y se puede hacer un servicio que no exceda la media hora”, indicó. Tal como dicta la libertad de culto de los cementerios públicos, las diferentes religiones y colectividades pueden llevar a sus propios representantes religiosos para realizar los servicios. Así lo indica el Régimen Jurídico y Poder de Policía en materia de cementerios (N° 4.977), de la Ciudad de Buenos Aires, que en su artículo nueve dice: “En los cementerios públicos existe libertad religiosa y de creencias. La celebración de los oficios religiosos del culto católico se regirá por las disposiciones del convenio que establezcan entre el Arzobispado de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. 

**

Las posibilidades son ingeniosas y múltiples, y con cada agregado, el precio sube: se pueden contratar caballos, féretros ecológicos, embalsamado para mascotas, repatriación de restos, desde y hacia el exterior, y tanatopraxia, que implica el acondicionamiento estético del cuerpo, y su reconstrucción, si fuere necesario. También hay opciones novedosas para abaratar costos como ataúdes de cartón. 

Aunque los precios son elevados, el servicio más básico en Buenos Aires se traduce a unos 500 dólares aproximadamente, al cambio del blue, y dicho costo se encuentra entre los más bajos de la región. Uruguay, al igual que Argentina, tiene el precio de sus servicios a 500 dólares y luego siguen Bolivia y Colombia con un precio de 600 dólares. Más arriba en el mapa, a partir de los 1.700 dólares en Estados Unidos, y un promedio de 3.700 euros en España. 

En Buenos Aires los precios más elevados son los de servicios de las colectividades. Hay más de diez cementerios en la Provincia para las distintas religiones. Para estos servicios el precio se eleva tremendamente: el piso es, en algunos casos, de 4 mil dólares. La diferencia en los ritos puede incrementar los números, pues, por ejemplo, en el judaísmo, el descanso es de por vida y el cuerpo no se retira bajo ningún concepto; de aquí los problemas relacionados a la falta de espacio que elevan el precio. Dada la tradición que prohíbe la exhumación, no hay que pagar alquiler del espacio y se realiza un pago de una única vez al momento del fallecimiento. Tanto en el judaísmo como en el islam el entierro se realiza directamente a tierra, sin ataúd, aunque sí es previamente necesario para el traslado. Una vez utilizado, se rompe. 

**

Para quien no pueda o no quiera pagar el precio de un servicio, la Ciudad de Buenos Aires, como una de las necrópolis más grandes del mundo, cuenta con tres cementerios públicos y gratuitos: el de Recoleta, Chacarita y San José de Flores. Los tres tienen línea de atención hasta las 13.30. La familia deberá resolver la cuestión de la donación de órganos en las 24 horas siguientes al fallecimiento. Se deberá averiguar la decisión de la persona, ya que, de no existir una manifestación de la voluntad, se presume legalmente como donante. La entrega de cenizas se encuentra disponible a partir de las 72 horas. “Aunque sea feo de escuchar, la verdad es que se creman a tres o cinco personas juntas. Cuando entregan las cenizas, se mezclan la del tuyo, y la del otro”, cuenta “M”, empleado de un cementerio que no quiso revelar su nombre. 

El Régimen Jurídico de la CABA, señalado anteriormente, asegura la sepultura para personas sin hogar y sin familia. En su artículo 34, dice: “A los cadáveres procedentes de la Morgue Judicial o establecimientos hospitalarios que no fueren reclamados, se les dará sepultura individual y gratuita por el término de cuatro (4) años”. Y completa: “Vencido dicho plazo, podrán ser exhumados y cremados de oficio, previa publicación de edictos en el Boletín Oficial por el término de tres (3) días. Igual tratamiento podrá darse a los indigentes declarados como tales por la autoridad competente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. Dicha cremación es gratuita (artículo 126).

Para el resto de los argentinos, luego del plazo establecido, la cremación tiene un costo de $ 1.700 para los provenientes de un “enterratorio”, de $ 9.500 para un ataúd grande, y de $ 11.650, el precio máximo, si proviene del interior o el exterior del país. La familia deberá ser notificada al término del plazo, de acuerdo con el artículo 17, “a los fines de retirar los restos mortales dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes al de la notificación, (...) bajo apercibimiento de enviar los cadáveres o los restos al osario o al crematorio y las cenizas al cinerario común según corresponda”. Si no fuesen reclamados, dice el artículo 21, “se les dará el destino que según el caso le corresponda, dentro de los sesenta (60) días siguientes al vencimiento de la concesión”.