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Temporada de verano: ¿Qué documentación se necesita para circular?

Llega la temporada de vacaciones y se necesita estar al día con papeles y medidas de seguridad. Cuáles son y qué se debe tener en cuenta.

CECAITRA 20211207
De los encuestados, una amplia mayoría respondió correctamente que es obligatorio llevar licencia de conducir y cédula verde o azul (97,5%) | CECAITRA

Cuando se planifican las vacaciones, se deben tener en cuenta los tiempos, los recorridos, y los requisitos obligatorios para circular, entre los que se encuentran la documentación del conductor y del vehículo, además de los elementos de seguridad. A menos de un mes de comenzar la temporada de verano, el Observatorio Vial de CECAITRA, la Cámara que nuclea a empresas productoras de software vial, quiso saber, a través de un sondeo telefónico en hogares de CABA y el Gran Buenos Aires, el grado de conocimiento de lo elemental para salir a la calle. 

En primer lugar, se preguntó a los conductores sobre el nivel de conocimiento respecto de la documentación obligatoria para transitar en rutas y caminos de nuestro país. Así, una amplia mayoría respondió correctamente que es obligatorio llevar licencia de conducir y cédula verde o azul (97,5%); y también 9 de cada 10 (93,5%) afirmó también de manera correcta la obligatoriedad del comprobante de la póliza de seguro. 

En cuanto a la documentación además se les consultó si era obligatorio transitar con el título del vehículo, y el 31% afirmó erróneamente que sí, cuando no lo es. Dicha documentación obligatoria está reflejada en la ley de tránsito nacional 24.449 que en el artículo 40 plantea como requisitos para circular: “Que su conductor esté habilitado para conducir ese tipo de vehículo y que lleve consigo la licencia correspondiente; que porte la cédula, de identificación del mismo; que lleve el comprobante de seguro, en vigencia, que refiere el artículo 68, el cual podrá ser exhibido en formato papel impreso o digital a través de dispositivos electrónicos.

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 Cabe señalar que el conductor también deberá circular con su DNI y con la Revisión Técnica Vehicular (RTO) o la Verificación Técnica Vehicular (VTV) o similar según la provincia en donde este radicado el vehículo. “El sondeo nos demostró que existe un alto conocimiento de los requerimientos para transitar en rutas y caminos. Desde CECAITRA apelamos a que haya conductores responsables, y transitar con la documentación requerida y obligatoria es un índice de responsabilidad”, expresó el vocero de la Cámara, Facundo Jaime.

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El conductor también deberá circular con su DNI y con la Revisión Técnica Vehicular (RTO) o la Verificación Técnica Vehicular (VTV) o similar según la provincia en donde este radicado el vehículo.

En segundo lugar, se consultó sobre la obligatoriedad de ciertos elementos técnicos para transitar. Aquí, el 87,9% sostuvo de manera acertada que es obligatoria la existencia de apoyacabezas en los vehículos, y el 87% la portación de un matafuego sujeto y al alcance del conductor. La obligatoriedad de estos elementos también está plasmada en la normativa vial. El inciso f del artículo 40 expresa que el vehículo “posea matafuego y balizas portátiles normalizados, excepto las motocicletas”; y el artículo 30 que plantea los requisitos para automotores, sostiene que deben tener “correajes y cabezales normalizados o dispositivos que los reemplacen, en las plazas y vehículos que determina la reglamentación”.

Durante el sondeo, también se consultó sobre la obligatoriedad de llevar algún dispositivo localizador del tipo GPS y 2 de cada 10 (19,5%) respondió erróneamente que sí. “Antes de emprender un viaje, se recomienda verificar el estado del vehículo, reuniendo todos los elementos de seguridad reglamentarios y la documentación. De esta manera, el viaje se hará de forma más segura y evitará una sanción ante un control que los requiera. Salir a la ruta en condiciones reducirá la posibilidad de protagonizar un siniestro vial”, finalizó Jaime.