Desde este lunes 9 de noviembre comenzó a regir en la ciudad de Buenos Aires y 35 partidos del conurbano bonaerense la nueva etapa de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DISPO) que regirá hasta el 29 de noviembre inclusive.
En las calles, este lunes en horas de la tarde se vio mayor movimiento, similar a la de un día de marzo previo al comienzo del aislamiento por la llegada de la pandemia. Con nuevas excepciones permitidas para el transporte público, los colectivos y trenes también se vieron circular con más pasajeros, sin embargo, esto es una postal que se repitió en las últimas semanas pese a que el DISPO rige formalmente desde este lunes.
Esta etapa, de mayores aperturas y nuevas actividades autorizadas, rige también en las provincias de Catamarca, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, Misiones, Jujuy, Chaco, Córdoba, La Rioja, Mendoza, Salta y Tucumán. Mientras tanto, otras provincias como Chubut, Neuquén, Río Negro, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero y Tierra del Fuego también se encuentran en esta etapa, aunque con excepciones de algunos departamentos en cada caso.
Comienza el DISPO en el AMBA: qué se podrá hacer a partir de hoy
De acuerdo al Decreto 875/20, publicado el sábado 7 de noviembre en el Boletín Oficial, a diferencia de lo que sucedía durante el aislamiento, esta modalidad implica que "pueden desarrollarse la mayoría de las actividades económicas y sociales, cumpliendo los protocolos sanitarios establecidos por cada jurisdicción y mantener la distancia física de dos metros con otras personas, el uso del barbijo, el lavado de manos y la ventilación de ambientes, y con prohibición de las aglomeraciones".
Una de las novedades que permite el distanciamiento social son las reuniones sociales, que se autorizan en esta nueva etapa: podrán ser de hasta un máximo de diez personas siempre y cuando se encuentren en espacios abiertos o de acceso al aire libre. Es decir, quedan habilitadas en jardines, patios y terrazas.
En estos encuentros, se deberá mantener una distancia de dos metros entre las personas, utilizar tapabocas cuando no se consuman alimentos y respetar todos los protocolos sanitarios. El decreto recuerda la necesidad "higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades”, entre otros cuidados.
Florencia Cahn sobre una segunda ola: "No estamos eximidos de lo que pasa en Europa"
Por otro lado, desde ahora hasta fines de noviembre, las personas que cumplen algunas actividades esenciales pueden ir a sus lugares de trabajo y usar el transporte público de pasajeros. Entre estas se destacan el personal de salud, fuerzas de seguridad, fuerzas armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico, bomberos, control de tráfico aéreo, la autoridades superiores de los Gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
También se incluyen también a trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la ciudad de Buenos Aires, convocados y convocadas por las respectivas autoridades. Asimismo, podrán movilizarse en los servicios públicos de transporte el personal de los servicios de justicia de turno, los diplomáticos y personas que deben asistir a otras con discapacidad; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes y a familiares que necesiten asistencia, las personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones; y personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
Podrán utilizar el transporte público también los trabajadores de supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza, farmacias, ferreterías, veterinarias y provisión de garrafas, entre otras. La actividad bancaria, los docentes, los trabajadores de restaurantes y empleados de garages, son otros de los trabajadores esenciales que pueden trasladarse por colectivos, trenes y subtes.
Al día de hoy, siguen prohibidos los eventos culturales, recreativos o religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a diez personas. También los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, "en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente”.
Tampoco se permite la “práctica de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de diez personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de metros metros entre los y las participantes”.
AG CP