La Sala Primera del Tribunal Supremo de Brasil inició el juicio de extradición, solicitado por el gobierno argentino, en contra del represor Gonzalo Sánchez, oficial de la Marina acusado de los delitos de asesinato, tortura y detención ilegal. El hombre reside en el vecino país desde 2001 y fue arrestado en 2013 en una acción conjunta de Interpol y la Policía Federal. Participó del operativo en el que fue asesinado el escritor y militante Rodolfo Walsh.
Sanchez está acusado por los crímenes de privación ilegal de libertad de personas, agravada por haber sido cometido por funcionario público con abuso de sus funciones. Además, se le adjudica haber participado de los denominados 'vuelos de la muerte', en el que opositores de la dictadura militar eran arrojados de aviones sobre el mar o el río de la Plata.
Para el Gobierno argentino los crímenes de la dictadura militar son considerados crímenes de lesa humanidad y, como tales, son imprescriptibles, según la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes contra la humanidad y la Convención Interamericana sobre la desaparición forzada Personas.
En contraposición, la Defensoría Pública del vecino país sostiene que Sánchez no tuvo participación en los delitos, que los crímenes fueron políticos y que ya habrían prescrito. En tanto, la Fiscalía General brasileña opinó por la aceptación parcial del reclamo argentino, únicamente en cuanto al crimen de secuestro, por entender que el delito es permanente cuando las víctimas no se encuentran.
Por su parte, el ministro del Tribunal Supremo de Brasil, Marco Aurelio Mello, observó la presencia de la doble tipicidad de los delitos de tortura y homicidio, pero considera que en el ordenamiento jurídico de su país, esos crímenes estarían prescritos dado que los hechos más recientes de los cuales es acusado el exoficial habrían ocurrido desde hace más de 20 años, plazo máximo previsto en el Código Penal.
En cuanto al crimen de secuestro, el funcionario judicial entiende que la acusación se refiere a la desaparición de personas, o sea, la sustracción de enemigos políticos de los regímenes militares para su eliminación, según publica el sitio local Politica.estadao.com.br.
Mello remarcó que la Ley 9.140 / 1995 considera como muertas las personas que hayan sido detenidas por agentes públicos por haber participado o sido acusadas de participación en actividades políticas entre el 2 de septiembre de 1961 y el 5 de octubre de 1988, y que estén desaparecidas desde entonces.
Para el ministro, la ley brasileña, al considerar a esas personas como muertas, impide el reconocimiento de la doble tipicidad, esencial para la aceptación de extradición.
Detención. El exprefecto Sánchez, fue miembro del Grupo de Tareas 3.3 de la Armada durante la dictadura y era uno de los cinco prófugos históricos de la megacausa ESMA. Fue aprehendido en Brasil en febrero de 2013 en un balneario de Angra dos Reis, al sur de Río de Janeiro, luego de un trabajo conjunto de la Policía de Brasil.