A más de tres años de la promulgación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, y después de una extensa disputa judicial, finalmente la Corte Suprema de Justicia de la Nación decidirá sobre su constitucionalidad. La Sala I de la Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal -que en abril falló en torno a la norma- declaró admisibles recursos extraordinarios presentados por el Estado Nacional, representado por la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), y por el Grupo Clarín.
Según informó el Centro de Información Judicial, la nueva resolución -que lleva la firma de los jueces María Susana Najurieta, Ricardo Guarinoni y Francisco de las Carreras- eleva la causa al máximo tribunal, que definirá sobre la constitucionalidad de la ley 26.522.
Lo resuelto hoy por los camaristas reafirma la medida dispuesta en abril, en torno a la inconstitucionalidad del límite a las licencias de televisión por cable, la inconstitucional del artículo 48 sobre “prácticas de concentración indebida” sobre la multiplicidad de licencias adquiridas antes de la sanción de la ley y la constitucionalidad del plazo de un año para desinvertir los medios excedentes, sin posibilidad de transferir autorizaciones y licencias.
Si bien la resolución declaró "inadmisibles los recursos fundados en el vicio de sentencia arbitraria" argumentados por el Estado y el AFSCA, el tribunal precisó "la obligación del tribunal de preservar la eficaz jurisdicción de la Corte Suprema de Justicia enlas particulares circunstancias" de la causa, a quien elevaron la causa para una determinación final.