MODO FONTEVECCHIA
Violencia de género

Natalia Volosin: "Boca no debería dejar que Sebastián Villa siga jugando"

La abogada qué se manifestó en contra de la detención preventiva del delantero xeneize destacó que el caso podría terminar en un “juicio abreviado” y que hay “mucho qué los clubes pueden hacer” en casos como estos. Mirá la entrevista completa.

Sebastián Villa
Aparecieron nuevos chats entre la denunciante y el extremo colombiano que pertenece a Boca Juniors. | Twitter

En diálogo con Modo Fontevecchia, la abogada Natalia Volosin, quien se opuso a la detención preventiva de Sebastián Villa, remarcó que el club “no debería dejarlo jugar”. Asimismo destacó que la Argentina “no tiene un buen registro de condena” en materia de violencia de género y que la Justicia “forma parte del esquema de corrupción”. Escucha el programa por Radio Perfil o miralo por Net TV.

Hace poco publicó un artículo en el que plantea si hay un punto razonable entre comparar los reclamos a la inacción de Boca con la dictadura y el pedido de detención del jugador Sebastián Villa, para terminar con el patriarcado. ¿Cuál sería el punto de contacto entre una cosa y la otra?

Estos días hubo posiciones extremas y es comprensible porque toca temas sensibles como la violencia de género y el fútbol, que genera pasiones que, a veces, nublan la razón. Por un lado, está la columna que publicó Martín Cohan a quien admiro pero creo que se equivocó. Cuando dice que rige el principio de inocencia y que no se puede hacer otra cosa más que prevenir, y que Juan Román Riquelme, en definitiva, respeta las garantías constitucionales y que hacer cualquier otra cosa implicaría hacer algo propio de la dictadura. Esa posición proviene del desconocimiento del derecho.

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No es cierto que los clubes de fútbol no pueden hacer otra cosa que prevenir y que tengan que esperar una condena firme de la justicia penal. Imaginemos que una condena firme implica un rechazo de un recurso de queja por parte de la Corte Suprema pueden pasar cinco o diez años hasta que eso ocurra. Por otro lado, la posición de la fiscal, que termina pidiendo la detención de una persona cuando no hay de ninguna manera riesgo procesal de que Villa se pueda fugar o entorpezca la investigación y, que la jueza lo pida porque, según ella dijo, su rol como fiscal de la provincia no es solo perseguir personas que cometen delitos sino también ayudar a ponerle fin al patriarcado. A mi juicio, es un despropósito que conspira contra la agenda de prevención y de represión de la violencia de género que queremos defender.

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Dijiste que no estás de acuerdo con el pedido de prisión preventiva de Sebastián Villa porque no existe riesgo de fuga. Pero teniendo en cuenta el antecedente de que, luego de otra denuncia de violencia de género realizada por una ex del jugador, nuevamente se generaron estas situaciones, ¿no hay un riesgo de que puedan volver a repetirse?

En el caso de Villa, hay algunas medidas ya preventivas urgentes que fueron ordenadas bajo la Ley de Protección Integral contra las Mujeres. Él tiene una prohibición de salida del país y una perimetral. Hay otras medidas en el marco de esa ley, que se pueden adoptar, y que implican una detención de esa persona para, en todo caso, proteger a la víctima. En el marco del respeto por las garantías constitucionales, durante el proceso, las personas deben estar libres y es excepcionalísimo el dictado de una prisión preventiva.

¿Cómo se encuentra un equilibrio entre, esperar una sentencia esté firme -vos marcabas que podía llegar a demorar 10 o 15 años- y, al mismo tiempo, las garantías constitucionales de principio de inocencia? ¿En qué instancia se considera probado? ¿Con una sentencia en primera instancia, en segunda? 

La manera de solucionar esto no es que, porque los juicios demoran mucho en nuestro país y la Justicia es ineficiente y corrupta, porque es parte del esquema de la corrupción, se pueda detener a la gente de manera preventiva, violando el principio de inocencia para que la ciudadanía se calme. Esto es lo que pasó con Amado Boudou. Lo que hace allí la prisión preventiva, es calmar a la ciudadanía. A hacerle creer que se hace Justicia cuando, en realidad, no hay una condena. Ese es el modo que tiene el poder judicial de ocultar su propia ineficiencia y corrupción, haciéndole creer a la ciudadanía que está haciendo algo, cuando en realidad, no.

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¿En qué momento se puede decir que no se afecta el principio de legítima defensa?¿Con una condena en primera instancia?

Coincido con lo que adopta la jurisprudencia de Argentina, fallos plenarios de la Cámara de Casación y fallos de la Corte e incluso la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que determinan que las sentencias no pueden ejecutarse hasta que no queden firmes y quedan firmes cuando la Corte rechaza el último recurso posible que es el de queja. 

¿Cuántos años suponés que va a tardar hasta que se llegue a que la Corte, en un recurso de queja, le diga que no?

Creo que el caso de Villa se va a resolver antes y terminará en juicio abreviado. La Argentina, en materia de violencia de género tampoco tiene un buen registro histórico de condenas. Todavía muchos jueces y fiscales no terminan de entender que el modo de probar un hecho de violencia de género, a veces, implica contar solamente con el testimonio de la víctima y con cuestiones contextuales. El hecho está bastante probado, lo que no quiere decir que alcance para la prisión preventiva.

¿El club debería dejarlo jugar?

Boca no debería dejar que Villa siga jugando. Los clubes pueden hacer muchas cosas que también ocurren en otras partes del mundo. Con la mera denuncia, muchos jugadores no pueden jugar incluso sin privarlo del derecho a trabajar. 

CB PAR