La causa por el asesinato de Ramón Antonio Ramírez, ocurrido en septiembre de 2024 en la ciudad de Fontana, llegó a su desenlace este lunes tras un juicio abreviado. El Tribunal resolvió condenar a Ángel Damián Mario Cabral (26), conocido como “Bati”, a 25 años de prisión efectiva por el delito de homicidio en ocasión de robo, una figura penal más leve que la inicialmente imputada de homicidio criminis causa, que contemplaba prisión perpetua.
En el mismo fallo, Agustina Alejandra Fernández (22), coautora del hecho, fue condenada a 15 años de prisión domiciliaria debido a su condición de madre de un niño de cinco años.
Un ataque planificado que terminó en tragedia
El crimen ocurrió el 13 de septiembre de 2024, cuando Ramírez regresaba a su casa en moto por avenida Alvear al 3100. De acuerdo con la investigación fiscal, Cabral y Fernández siguieron a la víctima con el objetivo de robarle el vehículo.
Al interceptarlo, Cabral lo amenazó con un arma de fuego y le exigió que entregara la moto. Aunque Ramírez no ofreció resistencia, fue baleado en el torso, provocándole la muerte casi en el acto. Tras el homicidio, el agresor huyó en la motocicleta sustraída, mientras Fernández escapó en el rodado en el que habían llegado.
Apenas minutos después del asesinato, la pareja intentó cometer un segundo asalto, esta vez contra dos mujeres, pero no lograron su cometido porque un perro intervino para defender a las víctimas.
Cambio de calificación y acuerdo abreviado
La investigación estuvo en manos del Ministerio Público Fiscal, que en un primer momento imputó a ambos acusados por homicidio criminis causa, el delito más severo del Código Penal, castigado con reclusión o prisión perpetua. Sin embargo, durante el desarrollo del proceso judicial, las partes acordaron una modificación en la calificación legal a homicidio en ocasión de robo, lo que permitió arribar a un juicio abreviado.
Con esta decisión, “Bati” Cabral fue condenado a 25 años de prisión en un establecimiento penitenciario, mientras que Fernández cumplirá su condena de 15 años en su domicilio, bajo estrictas condiciones judiciales.