POLICIA

Confirman pena de cuatro años y medio de prisión para el dueño de Cromañón

Casación ratificó la condena por "incendio culposo". Podría recurrir a la Corte Suprema. Temor por que se fugue.

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| CEDOC.

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó hoy la condena a cuatro años y medio de prisión contra el empresario Rafael Levy, dueño de local en donde funcionaba el boliche "República Cromañón", que el 30 de diciembre de 2004 se incendió y causó 194 muertos.

El tribunal, además, confirmó la absolución del ex titular de la Comisaría 7a de la Policía Federal Gabriel Sevald, en tanto que supeditó el análisis de la situación de otros tres imputados a determinar previamente si en sus casos la causa está prescripta. El fallo, de 153 páginas, fue notificado a las partes por los jueces de la Sala Tercera del máximo tribunal penal del país, Eduardo Riggi, Liliana Catucci y Ana María Figueroa. 

La Cámara ratificó la condena dictada en julio de 2012 por el tribunal oral número 24, que condenó a Levy por el delito de "incendio culposo" y lo absolvió por el supuesto pago de sobornos, al igual que a Sevald.

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En los casos del exsecretario de Seguridad porteño Juan Carlos López, el exsubsecretario Enrique Carelli y el exdirector de Seguridad Privada Vicente Rizzo, el expediente debe ser reenviado al tribunal "para que se expida sobre la vigencia de la acción penal".

Según puntualizó la agencia DyN, el fallo no se pronuncia sobre el actual estado de libertad de Levy, cuya detención había sido ordenada por el tribunal oral pero para el caso de que la condena quedara firme.

La decisión del tribunal de Casación tiene todavía una instancia de apelación: el recurso extraordinario ante la Corte Suprema, que en caso de ser concedido permitirá que Levy continúe en libertad. En cambio si el recurso fuera rechazado, si bien Levy podría recurrir en "queja" ante la Corte Suprema, podría ordenar su arresto inmediato, tal como ocurrió con otros imputados en el juicio anterior, entre otros el gerenciador Omar Chabán.

Temor. En ese sentido, el abogado querellante Fernando Soto afirmó hoy a CrónicaTV que "Levy tiene muchos contactos en Israel lo suficientemente importantes como para fugarse" y advirtió que "al haber doble condena existe un riesgo altísimo que se escape".

El fallo hace hincapié en que Levy había obtenido la habilitación como local bailable para el lugar en donde funcionaba Cromañón -un salón en que Chabán montaba recitales- y de allí deduce su responsabilidad en el siniestro.

"Si Levy era el dueño del local y conforme las propias aseveraciones de la defensa "le alquiló" el salón de baile a Omar Chabán, va de suyo que en el marco de ese acuerdo no podía considerarse ausente la existencia de la habilitación, pues de otra manera el establecimiento no podía funcionar", sostiene el fallo.

"Siendo Levy y Chaban dos personas experimentadas en el tráfico comercial, no es posible suponer que cuando se pusieron de acuerdo en el supuesto "alquiler" del salón, hayan pasado por alto los términos de la habilitación; o mejor dicho, no hayan tenido en cuenta a la hora de formalizar el pacto si el local estaba habilitado o no", añade la resolución.