POLICIA
La Plata

Para vengarse de su marido, envenenó a su hija con flan y la mató de un corte en el cuello

Pese a la crueldad de su crimen cometido con la menor que padecía retraso madurativo, a la mujer se la declaró inimputable. ¿Qué desató su ira?

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María Inés González envenenó a su hija con retraso madurativo y luego le cortó el cuello. | Gentileza 0221.com.ar

Una mujer quiso vengarse de su marido cuando él le pidió el divorcio y tomó una terrible decisión: le dio a su hija un flan envenenado para comer y luego le cortó el cuello con una trincheta. El caso ocurrió el 22 de mayo de 2015 y cobró relevancia de nuevo esta semana ya que un tribunal acaba de absolver a la acusada.

María Inés González fue acusada de asesinar a su hija, María Guadalupe Lara, en la casa que compartían en la localidad de Los Hornos. La fiscal del caso, Victoria Huergo, había pedido prisión perpetua y por eso adelantó que recurrirá el dictamen ante Casación, según consignó el medio local 0221.com.ar. No obstante, la mujer no quedará en libertad por ahora: en su fallo, dado a conocer este lunes 4 de noviembre, los jueces del Tribunal Oral Criminal (TOC) III de La Plata aplicaron una medida de seguridad que la mantendrá alojada en un hospital penitenciario de salud mental.

En base a una serie de testimonios de peritos oficiales, la fiscal considera que González es imputable y por ello, luego de su alegato, había solicitado que se le aplique la pena de prisión perpetua por entender que se trató de un homicidio triplemente agravado. En ese marco adelantó que recurrirá la resolución para que una sala de Casación bonaerense analice y dictamine sobre lo dispuesto.

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Por su parte la abogada defensora de la acusada, Verónica Garganta, se basó en los relatos de profesionales de salud mental que revisaron a la mujer y por ello concluyó que ella actuó bajo un estado de irreflexión.

Ante este escenario, los jueces Andrés Vitale; Ernesto Domenech y Santiago Paolini se inclinaron por la hipótesis de la defensa y dictaron la absolución de la acusada, quien hoy está alojada en la Unidad penal 45 del Servicio Penitenciario Bonaerense, una cárcel común, ubicada en avenida 520 y 176 de Melchor Romero. Asimismo, en su dictamen incluyeron una "medida de seguridad" para la mujer quien deberá ser trasladada a un centro de atención penitenciario especializado en casos de personas inimputables por estados mentales alterados.

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Verónica Garganta, abogada defensora de González. Foto: Gentileza 0221.com.ar

En ese lugar entonces deberá seguir un tratamiento riguroso que será monitoreado por el Tribunal. Se estima que recupere la libertad cuando los profesionales que la atiendan determinen no es peligrosa para sí ni para terceros.

El crimen. El 22 de mayo de 2015 González preparó un flan y entre los ingredientes agregó veneno para ratas. Luego, se lo dio de comer a su hija. Cuando las toxinas comenzaron a hacer efecto, tomó una trincheta y le provocó varios cortes en el cuerpo, uno de ellos mortal en el cuello.

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Tras cometer el crimen, la mujer —que declaró no recordar nada de lo ocurrido— se autoflageló con el mismo cutter con el que asesinó a la menor. Además, abrió las perillas de la cocina para que el monóxido de carbono termine con su vida. Sin embargo, el intento de suicidio se interrumpió porque su expareja llegó a la casa.

Huergo, fiscal del caso, descree de la amnesia de la acusada, en base a un perito psiquiatra que declaró su percepción luego de indagar a González: "Nos dimos cuenta de que sí tenía memoria pero no quería contar, lo que evidencia que no hay una alteración psíquica sino una oposición a contar detalles. Es difícil simular una amnesia, cuando es en bloque, no se acuerda de nada, son parámetros que no se relaciona con parámetros de amnesia, sino que esta es simulada", aseveró.

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El juicio también contó con la declaración de Gustavo Lara, el exmarido de la mujer, quien aseguró que no se separaba para estar cerca de su hija pero que era testigo de los ataques de violencia hacia con él y la niña, por lo que decidió tramitar el divorcio y pedir la tenencia de Guadalupe. El crimen ocurrió antes de que lo lograra.

"No hay dudas en cuanto a que nos encontramos con una imputada con trastorno límite sometida a un proceso de estrés importante puesto que ya se encontraba en conversaciones con Gustavo Lara sobre la posible separación. Y si recordamos que en la lógica del trastorno referido ello podría ser considerado un abandono, el riesgo de llevar adelante actos en su perjuicio o de terceros se encontraban latentes", señaló la fiscal ante este relato.

Huergo consideró que González tiene un trastorno de la personalidad y actuó —presumiblemente— motivada por el enojo, la furia y el odio que le daba el inminente abandono del hogar de su esposo, y atacó a la hija de ambos. "Lo pensó y lo ejecutó siguiendo un plan, aprovechando el momento de soledad" de la menor, reveló.

La psicóloga que presentó la defensa, en cambio, describió a la acusada como alguien que "encontró un punto de estabilización en la maternidad, esta hija era un complemento de su cuerpo", cuyo mundo se vino abajo ante la posibilidad de no tenerla más con ella por el pedido de tenencia que había adelantado el padre.

F.D.S./F.F.