Desde que el delito de trata de personas se incorporó al ordenamiento jurídico argentino luego de la sanción de la Ley 26.364 de "Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas" y de la primera sentencia en 2009, se dictaron 334 sentencias por trata de personas con fines de explotación sexual y hubo 509 condenas, según informó el Ministerio Público Fiscal de la Nación
Al conmemorarse el 23 de septiembre el Día Internacional contra la Explotación Sexual y la Trata de Personas, el Ministerio detalló que de las 334 sentencias dictadas en los últimos doce años, 249 resoluciones fueron condenatorias por el tipo penal de trata y otras 47 por crímenes conexos.
Estos datos, informaron, corresponden al relevamiento que lleva adelante la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), a cargo del fiscal general Marcelo Colombo y de la fiscal federal Alejandra Mángano.
Trata de personas: una cruda realidad que persiste
Respecto de las personas condenadas en esos procesos, se trata de un total de 509: 314 eran varones, 192 mujeres y tres, trans. De todas las personas condenadas, sólo ocho eran funcionarios públicos.
Sobre las víctimas, la PROTEX detalló que el 98 por ciento de las personas damnificadas fueron mujeres, es decir, 881. Al menos 124 eran menores de edad, lo que representa un 14,1 por ciento del total de las mujeres.
Explotación Sexual y Trata de Personas: un delito invisible y sin fronteras
Por qué el Día contra la Trata de Personas es el 23 de septiembre
El Día Internacional contra la Explotación Sexual y la Trata de Personas fue propuesto en el marco de la Conferencia Mundial de la Coalición Contra el Tráfico de Personas, receptada durante la Conferencia de Mujeres desarrollada en Dhaka, Bangladesh, en enero de 1999.
El día elegido fue el 23 de septiembre porque ese mismo día de 1913, el Senado de la Nación Argentina sancionó la Ley 9.143, un proyecto del diputado socialista Alfredo Palacios.
Este proyecto se convirtió en la primera ley en el mundo en penar la trata de personas con fines de explotación sexual y en brindar protección a menores de edad frente a ese delito.
La ley 9.143 fue revolucionaria para su época ya que establecía penas para quienes "promuevan o faciliten la prostitución o corrupción de menores de edad para satisfacer deseos ajenos" y escalas penales mayores si las víctimas tenían entre 12 y 18 años y menos de 12. La pena máxima se estipulaba en 15 años de prisión.
AG CP