POLITICA
Sentencia judicial

Alejandro Biondini deberá pagar más de dos millones de pesos por usar la imagen de una reportera gráfica en un spot sin autorización

El dirigente nacionalista y la Alianza Electoral Frente Patriota fueron condenados a indemnizar a una fotógrafa por utilizar su imagen sin su consentimiento en la campaña de 2019.

Alejandro Biondini 20230811
Alejandro Biondini. | Twitter @BiondiniAR

Alejandro Biondini, dirigente nacionalista y la Alianza Electoral Frente Patriótica deberán pagarle 2.450.000 pesos más intereses a la fotógrafa Paula Gisela Acunzo por utilizar su imagen con fines proselitistas según decidió la justicia. El video reproducido en el spot de campaña de 2019 se puede ver a Acunzo saludando al dirigente. El partido político apeló la sentencia.

La fotógrafa había asistido a trabajar con su cámara y su credencial de prensa al lanzamiento de la candidatura de Alejandro Biondini en la disputa electoral de 2019. El acto se llevó a cabo en la sede de la Asociación Italiana “Unione e Benevolanza”. El dirigente, y entonces candidato a presidente del Frente Patriota, se acercó hacia donde estaban los periodistas para saludarlos sin saber que luego utilizarían ese momento en un spot de campaña.

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Al salir a la luz ese momento, Paula Acunzo fue a la justicia y reclamó contra Biondini y la “Alianza Electoral Frente Patriota” por daños y perjuicios en concepto de daño al proyecto de vida, incapacidad psíquica, tratamiento futuro y daño moral. En su demanda, expuso que no había dado la correspondiente autorización para difundir su imagen en un video con fines de campaña político- publicitaria. Al respecto, el Código Civil y Comercial de la Nación estipula -en su art. 53- la necesidad de obtener el consentimiento antes de “captar” o “reproducir” la imagen o la voz de una persona, con algunas excepciones.

Además, Acunzo presentó un recurso de amparo en el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) solicitando la suspensión del video hasta que la agrupación con ideologías nacionalistas retirara su imagen del spot. El juez Almeida Pons aceptó el pedido de la fotorreportera y emitió un oficio, tanto para los canales como para la plataforma YouTube, para que se abstuvieran de difundir ese video hasta que no sea editado.

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Primera instancia contra Biondini

Luego de analizar el reclamo y considerarlo procedente, el juez nacional de primera instancia descartó la existencia de las excepciones contempladas en el Código para eximir de la autorización necesaria. Al mismo tiempo que rechazó la postura de los demandados que intentaron esgrimir que la imagen no representaba ninguna expresión de apoyo al movimiento nacionalista.

Al considerar que la imagen en cuestión donde aparecía la fotorreportera no perseguía un “interés científico”, como tampoco brindaba “información o conocimiento”, sino que la difusión de su presencia perseguía únicamente motivos políticos de campaña proselitista determinó que para su difusión era estrictamente necesario el consentimiento previo, a pesar de que el evento sea un acto público. Como consecuencia y a pesar de la posterior apelación del partido político, el dirigente Alejandro Biondini y el Frente Patriota fueron condenados a pagar 2.450.000 pesos.

Sentencia firme

 “No se vislumbra en la presentación de la apelante una crítica concreta y razonada de la sentencia, pues no se hace cargo de todas las circunstancias tenidas en consideración por el Sr. Juez de grado para concluir por la procedencia de la acción y el pago de los daños (...) por violación al avasallamiento de un bien de la personalidad, como es la imagen utilizada sin su consentimiento”, con esas palabras la Sala C de la Cámara Civil porteña compuesta por los magistrados Omar Luis Díaz Solimine, Pablo Trípoli y Juan Manuel Converset declararon desierto el recurso de apelación por falta de argumentos.

“En este sentido, siempre que se toma y difunden imágenes de una persona sin su consentimiento existe una violación a este derecho personalísimo. En el caso, lejos de consentir, hubo una oposición expresa de la actora a la difusión de su imagen. De manera que por tratarse de un derecho personalísimo que ha sido violentado mediante la difusión pública de su imagen videofilmada, sin la pertinente autorización, ello genera un deber resarcitorio que autoriza la indemnización pretendida”, destacó el juez Trípoli en su voto.

Alejandro Biondini, inhabilitado 

En las elecciones primarias de 2019 la fórmula Alejandro Biondini y Enrique Venturino, ex carapintada y teniente coronel, obtuvo el 0.24% de votos, es decir 58.573 votos. Al no alcanzar el porcentaje mínimo requerido por la cámara electoral el partido quedó inhabilitado para continuar.  

NT CP