POLITICA
FAMILIARES DEL ARA SAN JUAN TEMEN FUGA

Autorizan viaje de Arribas, implicado en causa de espionaje

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Salida. El ex funcionario macrista pidió viajar a fin de mes. | cedoc

Mientras es investigado por supuesto espionaje ilegal, Gustavo Arribas fue autorizado por la Justicia a viajar a los Emiratos Árabes Unidos.

Esto generó intranquilidad en las querellas de familiares de los fallecidos tripulantes del submarino ARA San Juan, quienes ven la posibilidad para que el ex funcionario intente fugarse.

El ex director de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) del gobierno de Juntos por el Cambio fue autorizado por el juez federal interino de Dolores, Martín Bava, a viajar “con destino a la ciudad de Abu Dabi, capital de Emiratos Árabes Unidos, en el período comprendido entre los días 27 y 30 de noviembre para desarrollar tareas vinculadas con la compraventa de jugadores de fútbol”.

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El pedido de autorización fue solicitado en el marco de la causa en la que se investiga el supuesto espionaje a las familias de los submarinistas, por la que fue indagado el ex presidente Mauricio Macri, cuya situación procesal aún no fue resuelta.

En la resolución, el magistrado señaló que el viaje entraría incluido temporalmente en el “período comprendido en el que fue autorizado por la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, el pasado 4 de noviembre”, aunque aquella autorización era para viajar a Brasil y Uruguay.

Ante la decisión del magistrado, la querella de familiares de tripulantes del submarino ARA San Juan que encabeza la abogada Valeria Carreras formuló una presentación en la que manifestó el “temor” de sus representados ante el “riesgo de fuga” de Arribas.

En el mismo comunicado, la querella reclamó que se le exija al ex titular de la AFI que presente la documentación respaldatoria de su viaje y de la invitación que dijo haber recibido para visitar los Emiratos Árabes Unidos de parte de la firma Shapire Sport Management. “El procesado Arribas pretende justificar el cambio de destino, en base a un documento sin validez procesal, ello a tenor de estar redactado en idioma inglés sin dar cumplimiento con lo previsto por el art. 114 del Código Procesal Penal, por lo cual deberá acompañar la debida traducción pública”, aseguró Carreras.

Por otro lado, señaló que “no tiene aclaración de firma y tampoco acredita personería de la entidad que presuntamente lo ‘invita’, por lo que deberá intimarse a que acredite en debida forma la personería jurídica que responde al membrete de la invitación y el nombre completo y designación del firmante de la misma”, culminó la abogada, quien también asegura que el “juez Bava ya está en condiciones de procesar a los culpables”.