POLITICA
Detrás del fallo

Coronavirus y falta de una condena firme, claves para la prisión domiciliaria a Boudou

La justicia siguió recomendaciones de la CIDH y también tomó en cuenta que el caso del ex vicepresidente no fue analizado por la Corte Suprema aún.

Amado Boudou, el 7 de agosto de 2018, cuando fue condenado a 5 años y 10 meses de prisión.
Amado Boudou, el 7 de agosto de 2018, cuando fue condenado a 5 años y 10 meses de prisión. | Noticias Argentinas

En un escrito de 28 páginas que llevó la firma del juez Daniel Obligado, el ex vicepresidente Amado Boudou recibió este lunes la prisión domiciliaria, un beneficio que buscaba, sin suerte, desde las últimas semanas. Para el cambio de posición de la justicia se tuvieron en consideración dos circunstancias fundamentales: la falta de firmeza de la condena impuesta a Boudou en el marco del caso Ciccone y la situación general por el contexto de emergencia sanitaria mundial por la Pandemia del Covid 19. “En el que aconsejan morigerar el encierro dispuesto”, en los casos en que no está fija la pena, se consignó. 

Tras lo que se consideró que además desde los tribunales superiores, se hacen eco de las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y en ese sentido “propician considerar, precisamente, las morigeraciones al encierro penitenciario”, como el arresto domiciliario. Boudou está detenido desde febrero de 2019, cuando Casación ratificó la condena en su contra y ordenó su encarcelamiento, en tanto que tiene un recurso presentado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. 

Entre los fundamentos para optar por la prisión domiciliaria, Obligado consideró que “deben –necesariamente- analizarse, también, en relación a la pena oportunamente adjudicada al condenado”. Que en el caso de Boudou fue de cinco años y diez meses, “que no llega a la cuarta parte de la pena de encierro máxima de la legislación penal argentina”, es decir que no está entre las más altas.

Además, el magistrado consideró que Boudou “ya estuvo detenido, fue excarcelado, se le revocó tal beneficio y retornó al encierro penitenciario. Hasta el momento, entonces, viene cumpliendo con las pautas procesales que se le han impuesto y también registra Conducta 10, Concepto 6 (lo cual surge del reciente Informe Socio Ambiental)”.

Tras lo que agregó que consideró “que se ha demostrado de qué modo y manera la emergencia sanitaria de pandemia Covid 19, incrementa los riesgos personales del condenado Amado Boudou en relación a su núcleo familiar conviviente, por lo que en este contexto situacional habré de morigerar su encierro, tornando el penitenciario en domiciliario”.

“El actual contexto mundial de emergencia sanitaria a causa del Covid 19, ciertamente trastoca pzrácticamente todas las pautas de las relaciones interpersonales, afectando entonces la implementación de los objetivos conductuales asumidos por el plexo normativo de la ejecución de las penas”, se sostuvo el escrito. 

MC