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Diputados debate la ley sobre Exteriorización del ahorro argentino

El proyecto de ley plantea un régimen de declaración voluntaria de bienes y divisas que cada persona tenga en el país y en el exterior. Aquellas que accedan tendrán el beneficio de tributar un impuesto especial para acceder al blanqueo.

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La Cámara de Diputados durante el debate por la Ley de Alquileres. | NA

En horas del mediodía y a través de un encuentro parlamentario, la Comisión de Presupuesto y Hacienda se reúne para abordar el Proyecto de Ley sobre la Exteriorización del Ahorro argentino. Con el objetivo de fomentar a que las personas declaren voluntariamente los bienes en el país y en el exterior, las sucesiones indivisas y los sujetos comprendidos en el artículo 53 de la Ley del Impuesto a las Ganancias. El proyecto estipula un plazo de 360 días corridos desde la entrada en vigor de la ley para acceder al blanqueo.

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En la reunión participarán la C.P. Claudia Fabiana Balestrini, Subsecretaria de Ingresos Públicos, Ministerio de Economía; el C.P. Carlos Daniel Castagneto, Administrador de la Administración Federal de Ingresos Públicos y el Dr. Guillermo Michel, director general de Aduana de la Administración Federal de Ingresos Públicos.

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“En el marco de su régimen general, las personas humanas, las sucesiones indivisas y los sujetos comprendidos en el artículo 53 de la Ley de Impuesto a las Ganancias podrán declarar, ante la AFIP de manera voluntaria y excepcional, la tenencia de bienes en el país y en el exterior, dentro del plazo que expresamente contempla la norma”, explica el texto del que se debatirá.

Entre los beneficios que tendrían aquellas personas que blanqueen, según detalla el texto, “la exención de determinados impuestos y la liberación de acciones judiciales y administrativas”.  El proyecto agrega que “las o los declarantes tributarán un impuesto especial cuya alícuota es sustancialmente inferior a aquella que resulta de aplicación en comparación con el régimen general”.

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El objetivo de la ley

A través de este proyecto de ley se buscará que las personas declaran la tenencia de moneda nacional y/o extranjera en el país, tenencia de moneda extranjera en el exterior, activos financieros del país o del exterior (acciones, valores representativos y certificados de depósito de acciones y demás valores, cuotas y participaciones sociales), criptoactivos (criptomonedas, monedas digitales o instrumentos similares, títulos, bonos), -Inmuebles en el país y/o en el exterior y demás bienes tanto en el país como en el extranjero, incluyendo créditos.

Del beneficio de la Ley de Exteriorización del Ahorro Argentino quedan excluidos los integrantes del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial de nivel Nacional y Provincial, ni del municipio de la Capital Federal, en función entre el 2010 y la fecha.

NT/fl