POLITICA
LESA HUMANIDAD

Dos días después de lo pactado, la Corte falló a favor de Techint en una causa por la desaparición de un empleado

En el caso se discutía la prescripción de la acción indemnizatoria contra el grupo de la familia Rocca, por la desaparición forzada de un trabajador, durante la última dictadura cívico militar.

Techint 10102018
El procedimiento fue en el marco de una investigación por el presunto pago de sobornos en Brasil. | Captura

Dos días después de la fecha estipulada por su propio cronograma -establecido hace meses- la Corte Suprema de Justicia falló hoy a favor de la empresa Techint. Fue por mayoría, en el caso “Ingegniero”, en el que los jueces Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti, y Elena Highton de Nolasco establecieron que las acciones laborales por daños derivados de delitos de lesa humanidad son prescriptibles. En minoría quedaron los jueces Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti quienes consideraron que el deber de reparar los daños derivados de los delitos de lesa humanidad, no se extingue por el paso del tiempo. En el medio quedó un nuevo papelón del máximo Tribunal que demoró, dos días la decisión judicial que sabía hace meses que debía emitir el 7 de mayo. 

Se trató de la primera vez que la Corte no cumplió con la fecha que había impuesto a un caso con el sistema de cronograma que instaló tras el recambio presidencial, el último trimestre de 2018. 

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En el caso se discutía la prescripción de la acción indemnizatoria contra el grupo de la familia Rocca, por la desaparición forzada de un trabajador, durante la última dictadura cívico militar. Distintas fuentes del máximo tribunal hablaron el martes -día en que debía conocerse la decisión- de cambios de último momento y “desinteligencias” entre algunos de los magistrados. Cerca de Lorenzetti, el juez que se preveía que podía inclinar la balanza a favor de la hija de la víctima, que fue quien comenzó el reclamo, se llamaron a silencio.

El caso Ingeniero comenzó en 2008, con el reclamo de María Gimena Ingegniero, hija de Enrique Ingegniero e Irma María Pompa, quienes fueron secuestrados el 5 de mayo de 1977. Pompa entonces estaba embarazada de tres meses y fue sacada de su casa, en tanto que Ingegniero trabajaba en la ampliación de la obra Dálmine y fue llevado desde la sede de la empresa Techint por un grupo de tareas. Desde entonces ambos están desaparecidos. 

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La hija del matrimonio -que al momento de la desaparición de sus padres tenía un año- consiguió que la Justicia le diera la razón en instancias anteriores, sobre la viabilidad de recibir una indemnización por lo sucedido, pero la empresa apeló y así se llegó a la Corte. 

En el Palacio de Tribunales, desde 2017, existe como antecedente de este tipo, el de la causa “Villamil”, en el que se dictó una sentencia en la que el voto de la mayoría fue firmado por Lorenzetti, Highton de Nolasco y Rosenkrantz, y se concluyó que los reclamos patrimoniales no son imprescriptibles. Entonces, Maqueda y Rosatti votaron en disidencia. Hoy todos, hicieron referencia a ese fallo. Sin embargo, hasta último momento, dadas las particularidades del caso Ingegniero, se esperaba que se podría sumarse un tercer voto que inclinara la balanza a favor de la mujer. 

CP