A través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, Alberto Fernández decidió este lunes 17 de febrero revisar, en un plazo de 60 días, la legalidad de la cesión de inmuebles del Estado Nacional a la Ciudad, que se realizó durante el último mes de gobierno de Mauricio Macri. Desde el entorno del jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, aclararon a PERFIL que "no hubo irregularidades en las transferencias".
El decreto 149/2020 instruye a la Administración de Bienes del Estado a revisar en un plazo de 60 días la legalidad de la "disposición, cesión, enajenación, transferencia, desafectación, asignación en uso o dación en pago" de inmuebles del Estado Nacional a la Ciudad. La medida se enfoca en el período entre el 10 de diciembre 2015 y el 10 de diciembre de 2019, es decir, los cuatro años que Macri estuvo en la Casa Rosada.
Se trata de 31 escrituras, firmadas entre el 19 de septiembre y el 10 de diciembre de 2019, por un total de casi $16.000 millones. En ese sentido, el objetivo de esa revisión es "deslindar responsabilidades administrativas, civiles o penales", ante la detección de "vicios que puedan implicar su nulidad", así como "eventuales hechos o actos ilícitos".
Según explicaron a PERFIL fuentes cercanas a Rodríguez Larreta, "no hubo irregularidades en las trasferencias" y adelantaron que "están abiertos al diálogo" con el Poder Ejecutivo Nacional. Por otro lado, se derogó un artículo que permitía "dar en pago" esos bienes para cancelar deudas o asistencias financieras, de acuerdo a dos decretos publicados este lunes en el Boletín Oficial, en el Decreto 145/2020.
"Esto se torna aún más gravoso y reprochable, cuando la medida ha sido adoptada al día siguiente de la realización de las elecciones generales para elegir, entre otro cargos, Presidente y Vicepresidente de la Nación y la dación en pago de inmuebles se realiza exclusivamente a favor de una sola jurisdicción, como ha ocurrido con las formalizadas a favor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) durante el último semestre del fin del mandato de la gestión anterior, contraviniendo expresas normas que prohíben dichos actos de disposición, tal como el artículo 15 bis de la Ley N° 25.917", agregó el decreto.
Además, el Gobierno denunció que "todo lo actuado en este sentido por parte del Estado Nacional en el breve período mencionado, hace inferir que la urgencia en el dictado de la norma que se critica estaba dada para concretar las operaciones realizadas a favor" de la Capita Federal y "no en mejorar el ejercicio de las atribuciones de la Agencia de Administración de Bienes del Estado en favor del interés público o en pos de cualquier otro fin que no sea el de favorecer discrecionalmente a una sola jurisdicción".
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