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Guiño del Gobierno a los sindicatos: transfiere $ 3.000 millones a las obras sociales

A través de un decreto, el Ejecutivo dispuso girar estos fondos como "medida urgente" para "aliviar la carga económica por la que atraviesan las obras sociales.

La ministra de Desarrollo Social Carolina Stanley ya había confirmado que aumentarían controles sobre los planes sociales.
La ministra de Desarrollo Social Carolina Stanley ya había confirmado que aumentarían controles sobre los planes sociales. | Cedoc

El Gobierno oficializó este jueves 10 de octubre su decisión de transferirles 3.000 millones de pesos a las obras sociales a través de un régimen excepcional de afectación y distribución de recursos provenientes del Fondo Solidario de Redistribución.

La decisión fue oficializada en el Boletín Oficial a través del Decreto 700/2019 firmado por el presidente Mauricio Macri; el jefe de Gabinete, Marcos Peña; y la ministra de Salud y Desarrollo Social, Carolina Stanley. Los 3.000 millones de pesos tiene como destino complementar el financiamiento de los Agentes del Seguro de Salud, enmarcados en las Leyes N° 23.660 y N° 23.661, sus modificatorias, reglamentarias y complementarias.

El Gobierno tomó esta decisión como "medida urgente" para "aliviar la carga económica" que, en la actual coyuntura de crisis económica, pesa sobre las obras sociales en cuanto al sostenimiento de la cobertura de salud de sus beneficiarios.


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La Superintendencia de Servicios de Salud transferirá la suma prevista durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2019, dice la medida dictada por el jefe de Estado dos semanas antes de las elecciones presidenciales.

La suma establecida se distribuirá de manera directamente proporcional al número de afiliados de cada obra social controlada por los gremios y sindicatos que representan a los trabajadores formales.

El 90% de los recursos será destinado a aquellas Obras Sociales cuyo ingreso promedio por afiliado sea menor o igual a la suma de 1.450 pesos; y el 10% de los recursos restantes será destinado a aquellas cuyo ingreso promedio por afiliado sea mayor a esa suma.

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El ingreso promedio por afiliado deberá calcularse a partir de los ingresos previstos en los incisos a) y b) del artículo 16 de la Ley Nº 23.660 y sus modificatorias, los ingresos provenientes de los Regímenes de Trabajo Especial y los afiliados mencionados en el artículo precedente, dice el decreto.

Los agentes del seguro de salud deberán destinar los recursos que reciban por aplicación del presente Decreto al otorgamiento de las prestaciones de salud de la población beneficiaria, agrega el decreto presidencial.