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La Justicia ratificó la realización del vuelo desde San Pablo a las Islas Malvinas

El juez federal Luis Rodríguez rechazó la medida cautelar para suspender el vuelo que desde este miércoles une Brasil, Córdoba y las Malvinas.

Vuelo a Malvinas
El vuelo Córdoba - islas Malvinas se realizará en Boeing 767, con capacidad para 221 pasajeros. | CEDOC PERFIL

A pesar de que el fiscal Jorge DI Lello, luego de imputar al presidente Mauricio Macri y otros funcionarios, pidió evaluar la suspensión del vuelo, el juez federal Luis Rodríguez ratificó este martes 19 de noviembre la realización del vuelo de la aerolínea Latam que desde este miércoles 20 de noviembre unirá la ciudad brasileña de San Pablo y la ciudad de Córdoba con las Islas Malvinas.

Según informaron oficialmente en Tribunales, el juez rechazó un pedido de medida cautelar para suspender ese servicio. "Conforme los antecedentes reunidos, todos los organismos públicos argentinos intervinientes han sido contestes en resaltar que las Islas Malvinas corresponden a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur de la Nación Argentina y que el tramo Córdoba-Islas Malvinas es de cabotaje", escribió Rodríguez en su resolución difundida por el Centro de Información Judicial (CIJ).

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En esa línea, añadió que "la aprobación de los tramos entre San Pablo e Islas Malvinas resultan alcanzados por los tratados bilaterales entre ambos Estados, que resultaba necesaria la autorización por vía de Decreto del Poder Ejecutivo Nacional por aplicación del art. 97 del Código Aeronáutico y que, a los fines de la ley 25.871, estos vuelos resultan análogos a los que a la fecha se continúan realizando al amparo del Decreto 1179/2002".

Ese decreto autorizó a Lan Chile (ahora fusionada con la brasileña TAM) a "explotar servicios regulares internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo utilizando aeronaves de gran porte". También destacó el magistrado la "legítima e imprescriptible soberanía de la Nación Argentina sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes" a partir de los informes solicitados.

Por ello, el juez resolvió que "el análisis de todos los elementos probatorios que a criterio de la judicatura resultaban pertinentes, impide considerar reunidos los requisitos de admisibilidad de la medida cautelar propiciada" por la Fiscalía "para preservar al Estado Argentino de 'posibles daños económicos graves'".

En consecuencia, el juez dictaminó "no hacer lugar a la suspensión de los vuelos correspondientes a las autorizaciones conferidas a Tam Linhas Aéreas SA a través del Decreto N° 602/2019, dictado el 30 de agosto de 2019 por el Presidente de la Nación Argentina".

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La investigación en cuestión es llevada adelante por el fiscal Di Lello que imputó a Macri junto a los ministros de Transporte Guillermo Dietrich, Energía Gustavo Lopetegui, a su antecesor, Juan José Aranguren, y al canciller Jorge Faurie por negociaciones con el Gobierno británico.

"Así corresponde que VS evalúe ordenar la suspensión del primer vuelo de la compañía LATAM a las Islas Malvinas, el que está autorizado por el decreto 602/19, ya que el peligro en la demora provocaría consecuencias irreversibles respecto a derechos adquiridos en el ordenamiento jurídico internacional", dijo en el dictamen presentado al juez Luis Rodríguez.

Para el fiscal, sobre la denuncia presentado por la Dra. Valeria Laura Carreras, el Poder Ejecutivo "no puede seguir avanzando en la ejecución de acuerdos con el Reino Unido de Gran Bretaña que no cuenten con la aprobación del Congreso y los que ya efectuara deberán ser sujetos a investigación".

E.D. / D.S.