OPINIóN
Sobre el Decreto 602/19

Vuelos a Malvinas: poner fin a la entrega de soberanía

Tras el Decreto de Mauricio Macri se comercializan los vuelos desde San Pablo a Malvinas para el 20 de noviembre, paradójicamente el Día de la Soberanía Nacional.

Malvinas
Islas Malvinas. | CESAR AUSPITZ / ARCHIVO NA.

El gobierno de Mauricio Macri desplegó, durante los últimos cuatro años, un plan sistemático de entrega de la soberanía nacional. Si se toman diversas medidas, se puede arribar a dicha conclusión: Decreto 820/16 que desregula la Ley Nacional de Tierras Rurales y habilita la extranjerización de la tierra; acuerdo “Foradori-Duncan” por el que otorga prerrogativas al Reino Unido en detrimento del reclamo soberano por Malvinas; el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional; o el Decreto 602/19 por el que autoriza los vuelos de San Pablo a Malvinas son sólo una muestra de dicha afirmación.

Hace unos días no enteramos de la oferta de pasajes aéreos desde San Pablo a Malvinas. Los vuelos iniciarán el próximo 20 de noviembre, Día de la Soberanía Nacional. El Gobierno ha degradado el reclamo legítimo e imprescriptible sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes.

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Resulta inconcebible que la República Argentina habilite determinadas prácticas sin anteponer la necesidad de dar cumplimiento a la Resolución 2065 de la Asamblea General de Naciones Unidas por el que se llamó a ambos Estados a entablar negociaciones tendientes a resolver la cuestión de disputa por la soberanía en torno a Malvinas. Las acciones desplegadas por Mauricio Macri, como se ha dicho, han implicado un obrar contrario a la manda constitucional que exige que las y los mandatarios tengan en vista el reclamo que desde 1833 en adelante constituye una de las grandes causas nacionales.

Por ello hemos presentado diversas acciones judiciales. Una denuncia penal por traición a la Patria; y una acción declarativa de inconstitucionalidad del Decreto 602/19. Entre los argumentos sostenemos, amén de cuestiones formales, que existe un derecho humano a la soberanía.

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En efecto, la soberanía se emplaza en ejes temporales. Pasado: Revolución de Mayo, los grandes debates y luchas que fueron forjando la emancipación, los próceres, Alberdi y sus “Bases”, que redundaron en la Constitución de 1853/60. Presente: casi desde la estructuración de una historia e historicidad contemporánea, que podemos focalizar, en relación a Malvinas, Islas del Atlántico Sur y espacios marítimos circundantes en el Alegato Ruda -en tanto punto de partida de una práctica moderna y pacifista-, hasta nuestros días. Y, por último, futuro.

Es en la dimensión prospectiva que se juega el debate principal de los derechos. Las acciones relativas a la soberanía impactan de manera directa sobre los derechos de las generaciones futuras. En dicho sentido, artículos del neoconstitucionalismo, como el 41 de la Constitución Nacional, son claros al consignar que las acciones presentes no deben condicionar al desarrollo de las generaciones futuras. El derecho al desarrollo en tanto derecho a la soberanía se encuentra, entonces, ligado al artículo 41 de la Constitución Nacional.

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Allí, la República Argentina detenta, en relación a Malvinas, Islas del Atlántico Sur, Antártida y espacios marítimos circundantes, una vía al desarrollo: producción ictícola, hidrocarburífera, científica, reservorios acuíferos, biodiversidad, desarrollo energético, naval, minería, ambiental, entre otros. La Justicia argentina y el nuevo Gobierno tienen en sus manos el futuro de nuestro país. Resulta imperioso que se declare la inconstitucionalidad del Decreto 602/19, y que el gobierno recientemente electo vuelva a la senda del reclamo por la soberanía de Malvinas, como una vía más de la consagración de la justicia social.

 

* Jerónimo Guerrero Iraola - Abogado Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata y Valeria Carreras - Abogada querellante familiares de las víctimas ARA San Juan.